Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 12-08-2025
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2025-16772)
Orden TED/909/2025, de 7 de agosto, por la que se acuerda el reconocimiento de las repercusiones económicas derivadas de la adopción de medidas temporales y extraordinarias para garantizar la seguridad del suministro de energía eléctrica en las islas de Gran Canaria, Tenerife y Fuerteventura.
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Orden TED/909/2025, de 7 de agosto, por la que se acuerda el reconocimiento de las repercusiones económicas derivadas de la adopción de medidas temporales y extraordinarias para garantizar la seguridad del suministro de energía eléctrica en las islas de Gran Canaria, Tenerife y Fuerteventura.Núm. 193
Martes 12 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 109966
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16772
Orden TED/909/2025, de 7 de agosto, por la que se acuerda el
reconocimiento de las repercusiones económicas derivadas de la adopción
de medidas temporales y extraordinarias para garantizar la seguridad del
suministro de energía eléctrica en las islas de Gran Canaria, Tenerife y
Fuerteventura.
Hechos
Primero.
Con fecha 2 de octubre de 2023 el Gobierno de Canarias declaró la emergencia
energética de la Comunidad Autónoma de Canarias instando a la adopción de las
medidas temporales necesarias para garantizar el suministro eléctrico en el corto plazo
en sus sistemas eléctricos.
Segundo.
Con fecha 10 de mayo de 2024 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden
TED/433/2024, de 8 de mayo, por la que se acuerda el reconocimiento de las
repercusiones económicas derivadas de la adopción de medidas temporales y
extraordinarias para garantizar la seguridad del suministro en las islas de Gran Canaria,
Tenerife y Fuerteventura.
En esta orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.5 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 59 del Real Decreto 738/2015,
de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el
procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares,
se autorizaba el reconocimiento de las repercusiones económicas en los sistemas
eléctricos de Gran Canaria, Tenerife y Fuerteventura que pudieran derivarse de la
instalación de grupos de emergencia para garantizar el suministro en dichos sistemas
por una potencia de hasta 50,8 MW en Gran Canaria, 71,6 MW en Tenerife y 32,8 MW
en Fuerteventura.
Con fecha 31 de marzo de 2025, Red Eléctrica de España remitió, en calidad de
operador del sistema, el informe de cobertura anual de la demanda de Canarias
(abril 2025-marzo 2026), en el que considera necesaria la puesta en servicio urgente de
generación adicional para cubrir las necesidades de cobertura de la demanda en los
sistemas eléctricos de Gran Canaria y Tenerife, en 138 MW y 80 MW, respectivamente.
Asimismo, el informe de cobertura pone de manifiesto que, en el sistema LanzaroteFuerteventura y, en particular, en la isla de Fuerteventura, resulta necesario poner en
servicio 50 MW adicionales de generación para mantener los niveles de seguridad del
suministro, para disponer de capacidad para poder acometer el mantenimiento de los
diversos elementos del sistema, así como para el adecuado desarrollo de la red
cumpliendo con los requerimientos de reserva establecidos en los procedimientos de
operación.
cve: BOE-A-2025-16772
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 12-08-2025
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