Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 13-08-2025

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Boletín Oficial del Estado
13/08/2025

Comunidad Autónoma de La Rioja. . III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-16826)

Resolución 158/2025, de 27 de mayo, de la Dirección General de Cultura, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se incoa expediente para la declaración de bien de interés cultural de carácter inmaterial de La Trashumancia en La Rioja.

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Resolución 158/2025, de 27 de mayo, de la Dirección General de Cultura, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se incoa expediente para la declaración de bien de interés cultural de carácter inmaterial de La Trashumancia en La Rioja.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Miércoles 13 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 110726

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Resolución 158/2025, de 27 de mayo, de la Dirección General de Cultura, de
la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se incoa
expediente para la declaración de bien de interés cultural de carácter
inmaterial de La Trashumancia en La Rioja.

Por la Dirección General de Cultura se propone la incoación del expediente para la
declaración de Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial de La Trashumancia en
La Rioja.
La trashumancia es una actividad que ha marcado el ritmo, las formas de vida y el
paisaje de amplios espacios en la cuenca mediterránea. Una práctica ganadera singular,
que ha dado origen a saberes y tradiciones característicos condicionados por el peculiar
modo de manejo ganadero que representa.
Una actividad que se ha desarrollado ampliamente en Francia, Italia, Portugal,
Rumanía, Grecia y España con un modelo bastante similar. En muchos de estos
territorios el manejo trashumante se conserva y, a pesar de que desde un punto de vista
pecuario no presente la importancia de otros tiempos, es posible encontrar todavía
numerosos rebaños que anualmente realizan este ciclo de desplazamientos anuales. Por
otro lado, es una actividad que permanece en la memoria de los habitantes de muchos
territorios, que continúan considerando a la trashumancia como una de sus señas
principales de identidad a pesar del retroceso de su práctica.
La Rioja no ha sido ajena a este proceso, más bien todo lo contrario. En nuestra
región, la trashumancia ha tenido una notable presencia a lo largo de la historia,
especialmente en las zonas serranas. Una tradición secular que ha marcado la identidad
del territorio y que, si bien en la actualidad se ha convertido en una práctica minoritaria,
se mantiene presente en el recuerdo de muchos de sus habitantes. Hoy en día sigue
siendo reconocida además por la población local como uno de los elementos de
referencia fundamentales, especialmente en la zona de Cameros y altos valles del
Najerilla y Oja. La identificación de la población con la actividad supera los niveles en los
que en la actualidad se encuentra su práctica y continúa siendo un referente identitario y
cultural de primer orden. De hecho, son numerosas las iniciativas que se abordan en el
territorio para que no se olvide y poder salvaguardar la memoria de esta actividad.
Más allá que una mera actividad sectorial, podemos considerar que la trashumancia
es un auténtico «hecho de cultura, de civilización… porque sus modelos –económicos y
sociales, culturales y religiosos, urbanísticos y arquitectónicos, éticos y jurídicos, de usos
y costumbres, de mentalidad, de gustos, etc.– son típicos de una civilización marcada
por la larga influencia del pastoreo trashumante» (Paone, 1987; pp. 7-8). Lo singular de
esta forma de vida y su largo desarrollo histórico, nos enfrenta ante una actividad que
nos ha legado un rico patrimonio material e inmaterial, todavía vivo, presente y
reconocible en muchos de nuestros entornos. Un patrimonio que continúa
transmitiéndose y sobre el que se están desarrollando actuaciones destinadas a su
conservación.
De acuerdo con la definición adoptada en 2003 en la Convención para la
Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, se entiende por
patrimonio cultural inmaterial «los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y
técnicas– junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les
son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos
reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural
inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente
por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza

cve: BOE-A-2025-16826
Verificable en https://www.boe.es

16826

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 13-08-2025

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16815)

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Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. por el que se hace público el otorgamiento de la concesión para el aprovechamiento de agua del expediente A/24/14766.

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