Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-08-2025

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Boletín Oficial del Estado
27/08/2025

Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-17189)

Real Decreto 715/2025, de 26 de agosto, por el que se regula la composición y funciones del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas.

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Real Decreto 715/2025, de 26 de agosto, por el que se regula la composición y funciones del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 206

Miércoles 27 de agosto de 2025

Sec. I. Pág. 114694

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Real Decreto 715/2025, de 26 de agosto, por el que se regula la composición
y funciones del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 45, creó el
Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas como órgano consultivo del Estado y de
participación en relación con las enseñanzas artísticas. En desarrollo de lo anterior se
aprobó el Real Decreto 365/2007, de 16 de marzo, por el que se regula el Consejo
Superior de Enseñanzas Artísticas, en el que se estableció su composición y funciones y
se reguló su organización y funcionamiento.
Posteriormente, la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas
artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas
artísticas profesionales, en su disposición adicional primera, establece que corresponde
al Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, adaptar a lo previsto en
dicha ley tanto la función como la composición del Consejo Superior de Enseñanzas
Artísticas. A tal efecto, se indica que en el Consejo se garantizará la representación del
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, el Ministerio de Cultura y el Consejo
de Universidades, así como de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, de las
administraciones locales, del profesorado y el alumnado de enseñanzas artísticas, de las
personas que ostenten la dirección de centros de enseñanzas artísticas superiores, de
personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de las enseñanzas artísticas y de
representantes de organizaciones profesionales de las distintas disciplinas artísticas.
En desarrollo de lo dispuesto en la mencionada disposición adicional primera, se
redacta este real decreto, con el fin asegurar un marco normativo que favorezca la
cooperación entre administraciones, el fortalecimiento de las enseñanzas artísticas y la
promoción de su excelencia.
Con este propósito, el presente real decreto deroga el Real Decreto 365/2007, de 16
de marzo, reforzando así el compromiso con la modernización del marco regulador,
eliminando disposiciones obsoletas y asegurando una regulación más eficaz y acorde
con las necesidades actuales del sector. Se quiere potenciar así al Consejo Superior de
Enseñanzas Artísticas como una entidad dinámica, capaz de generar redes de
intercambio, fortalecer la transparencia y la información, así como ampliar la difusión y
transferencia de conocimiento en el ámbito de las enseñanzas artísticas. Con ello, en
sintonía con los principios recogidos en la Ley 1/2024, de 7 de junio, este órgano se
erige como un instrumento clave para reforzar el compromiso del Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes con las artes, entendidas no solo como
patrimonio admirable, sino como un motor esencial de desarrollo y participación
colectiva.
En definitiva, este nuevo real decreto adapta el Consejo a las nuevas necesidades y
le otorga un papel más activo en la toma de decisiones estratégicas y en la mejora de la
calidad de las enseñanzas artísticas en España.
La presente norma se estructura en trece artículos organizados en tres capítulos,
cuatro disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones
finales.
En los tres artículos del capítulo I, de disposiciones generales, se establece el objeto
del real decreto, la naturaleza del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, así como
su adscripción a la estructura del Estado.

cve: BOE-A-2025-17189
Verificable en https://www.boe.es

17189

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