Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 01-09-2025

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Boletín Oficial del Estado
01/09/2025

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Denominaciones de origen. (BOE-A-2025-17439)

Resolución de 22 de agosto de 2025, de la Dirección General de Alimentación, por la que se aprueba y publica la modificación normal de la Denominación de Origen Protegida «Guijuelo».

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Resolución de 22 de agosto de 2025, de la Dirección General de Alimentación, por la que se aprueba y publica la modificación normal de la Denominación de Origen Protegida «Guijuelo».
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210

Lunes 1 de septiembre de 2025

Sec. III. Pág. 115840

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
17439

Resolución de 22 de agosto de 2025, de la Dirección General de
Alimentación, por la que se aprueba y publica la modificación normal de la
Denominación de Origen Protegida «Guijuelo».

Aprobar y hacer pública la modificación normal del pliego de condiciones de la
Denominación de Origen Protegida «Guijuelo» que cumple con los requisitos del
Reglamento (UE) n.º 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril
de 2024, que figura en la siguiente dirección de la página web del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación:
https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/temas/calidad-diferenciada/dop-igp/htm/
dop_guijuelo_modific_menor
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al
de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Secretario General de

cve: BOE-A-2025-17439
Verificable en https://www.boe.es

Con fecha 6 de mayo de 2025 fue recibida oficialmente en la Subdirección General
de Control de la Calidad Alimentaria y Laboratorios Agroalimentarios la propuesta
definitiva de solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la DOP
«Guijuelo» realizada por parte del Consejo Regulador de la citada Denominación.
Dicha propuesta fue remitida a las CCAA territorialmente afectadas por la DOP, es
decir, Andalucía, Extremadura, Castilla y León y Castilla la Mancha con fecha 16 de
junio, para que éstas emitieran informe según lo establecido en el artículo 8.2. del Real
Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la
tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas
y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a
ellas. Andalucía remitió informe el 15 de julio, Extremadura remitió informe con fecha 11
de julio y Castilla y León remitió informe el 16 de julio.
Reunidos telemáticamente en Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada en
fecha 20 de agosto, las autoridades competentes del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, Andalucía, Extremadura, Castilla y León y Castilla la Mancha se acuerda la
continuación del procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del pliego
según lo establecido en el artículo 8.3. del RD 1335/2011.
Dado que se trata de una solicitud de modificación normal del pliego de condiciones,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.9. del Reglamento (UE) no 2024/1143 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones
geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como
especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para
productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, (UE)
2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1151/2012, las
modificaciones normales serán evaluadas y aprobadas por el Estado miembro en cuyo
territorio se encuentre la zona geográfica del producto de que se trate, y comunicadas a
la Comisión.
La zona de producción de la DOP «Guijuelo» es de ámbito superior al de una
comunidad autónoma, correspondiendo, por tanto, al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, la competencia para dictar la presente resolución, según lo establecido en
el artículo 9 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.
En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas a esta Dirección
General, resuelvo:

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 01-09-2025

Consejo General Del Poder Judicial. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-17399)

Acuerdo de 23 de julio de 2025, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso, convocado por Acuerdo de 13 de mayo de 2025, de la Comisión Permanente, en el Servicio de Inspección.

Consejo General Del Poder Judicial. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Situaciones. (BOE-A-2025-17403)

Acuerdo de 6 de mayo de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se declara la jubilación voluntaria de la Magistrada doña Estrella Radío Barciela.

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Comisión Nacional Del Mercado de Valores. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Ceses y nombramientos. (BOE-A-2025-17408)

Resolución de 28 de agosto de 2025, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica cese y nombramiento de Director/a General del Servicio Jurídico y Secretario/a del Consejo, y cese de Director General Adjunto del Servicio Jurídico y Vicesecretario del Consejo.

Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Patrimonio histórico. Derecho de tanteo. (BOE-A-2025-17446)

Orden CLT/961/2025, de 25 de junio, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre los lotes n.º 744 y 769, subastados en la sala Alcalá en Madrid.

Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Patrimonio histórico. Derecho de tanteo. (BOE-A-2025-17450)

Orden CLT/965/2025, de 21 de agosto, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre los lotes n.º 1617, 1634, 1635 y 1637, subastados en la sala Durán, en Madrid.

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