Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 02-09-2025
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. . III. Otras disposiciones. Lugares de memoria democrática. (BOE-A-2025-17495)
Resolución de 19 de agosto de 2025, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Acuerdo de incoación del procedimiento de declaración de Lugar de Memoria Democrática del «Pazo de Meirás» (Galicia).
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Resolución de 19 de agosto de 2025, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Acuerdo de incoación del procedimiento de declaración de Lugar de Memoria Democrática del «Pazo de Meirás» (Galicia).Núm. 211
Martes 2 de septiembre de 2025
Sec. III. Pág. 116078
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
17495
Resolución de 19 de agosto de 2025, de la Secretaría de Estado de Memoria
Democrática, por la que se publica el Acuerdo de incoación del procedimiento
de declaración de Lugar de Memoria Democrática del «Pazo de Meirás»
(Galicia).
La Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática, ha adoptado, con
fecha 19 de agosto 2025, el Acuerdo de incoación del procedimiento de declaración
como Lugar de Memoria Democrática del «Pazo de Meirás».
El artículo 50.2 de la citada Ley 20/2022, de 19 de octubre, dispone que el acuerdo
de incoación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto, esta Secretaría de Estado resuelve publicar en el «Boletín Oficial del
Estado» el referido acuerdo como anexo a la presente resolución.
Madrid, 19 de agosto de 2025.–El Secretario de Estado de Memoria Democrática,
Fernando Martínez López.
ANEXO
La persona titular de la Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática,
en uso de las competencias que el atribuye el artículo 50.1 de la Ley 20/2022, de 19 de
octubre, de Memoria Democrática y en virtud de las competencias establecidas en el
Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, modificado por el Real Decreto 1186/2024,
de 28 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio
de Política Territorial y Memoria Democrática, ha adoptado el siguiente Acuerdo de
incoación de declaración de Lugar de Memoria Democrática del «Pazo de Meirás», con
base a lo siguiente:
Antecedentes de hecho
Único.
En uso de las competencias que le atribuye el artículo 50.1 de la Ley de Memoria
Democrática, la Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática ha
elaborado un informe sobre la conveniencia de declarar Lugar de Memoria Democrática
del «Pazo de Meirás». Dicho informe, es expresivo de las circunstancias y extremos que
ha de contener el acuerdo de incoación de este procedimiento.
Primero.
Con arreglo al artículo 50.1 de Ley de Memoria Democrática corresponde a la
Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática de oficio o a instancia de
parte la incoación del procedimiento de declaración de un Lugar de Memoria
Democrática.
En este caso, en uso de esa competencia, se incoa de oficio el procedimiento de
declaración como Lugar de Memoria Democrática a los efectos de los artículos 49 a 53
de la Ley de Memoria Democrática del «Pazo de Meirás».
cve: BOE-A-2025-17495
Verificable en https://www.boe.es
Fundamentos jurídicos
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