Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-09-2025
Ministerio Del Interior. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-17828)
Resolución de 1 de septiembre de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Campos, en materia de seguridad.
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Resolución de 1 de septiembre de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Campos, en materia de seguridad.Núm. 216
Lunes 8 de septiembre de 2025
Sec. III. Pág. 117526
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
17828
Resolución de 1 de septiembre de 2025, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad
y el Ayuntamiento de Campos, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 28 de agosto de 2025 el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de
Campos (Islas Baleares) en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 1 de septiembre de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General
de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Campos (Islas Baleares)
en materia de seguridad
En Madrid, a fecha 28 de agosto de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Ana María Calvo Sastre, Secretaria de Estado de Seguridad,
cargo para el que fue nombrada por el Real Decreto 435/2025, de 3 de junio, en uso de
las atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte, doña Francisca Porquer Manresa, Alcaldesa del Ayuntamiento de
Campos (Islas Baleares), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 17 de junio
de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las atribuciones
que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en plaça
Major, número 1 (07630 Campos-Islas Baleares).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, la
Secretaría de Estado de Seguridad.
Por otro lado, a la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, según el
artículo 2.1 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla su
estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, modificado por el 353/2025, de 30
cve: BOE-A-2025-17828
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
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