Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 10-09-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-17928)
Real Decreto 796/2025, de 9 de septiembre, por el que se modifican el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles; el Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las normas de ordenación de la Cruz Roja Española; el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad; el Real Decreto 1855/2009, de 4 de diciembre, por el que se regula el Consejo Nacional de la Discapacidad; y el Real Decreto 1709/2011, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Foro de Cultura Inclusiva.
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Real Decreto 796/2025, de 9 de septiembre, por el que se modifican el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles; el Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las normas de ordenación de la Cruz Roja Española; el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad; el Real Decreto 1855/2009, de 4 de diciembre, por el que se regula el Consejo Nacional de la Discapacidad; y el Real Decreto 1709/2011, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Foro de Cultura Inclusiva.Núm. 218
Miércoles 10 de septiembre de 2025
Sec. I. Pág. 118138
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Real Decreto 796/2025, de 9 de septiembre, por el que se modifican el Real
Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización
Nacional de Ciegos Españoles; el Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, por
el que se establecen las normas de ordenación de la Cruz Roja Española; el
Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del
Real Patronato sobre Discapacidad; el Real Decreto 1855/2009, de 4 de
diciembre, por el que se regula el Consejo Nacional de la Discapacidad; y el
Real Decreto 1709/2011, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el
Foro de Cultura Inclusiva.
El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, atribuye al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
bienestar social y familia, de cohesión y de atención a las personas en situación de
dependencia, con discapacidad, de protección de los animales, de consumo y protección
de las personas consumidoras, de juego y de impulso para la implementación de la
Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas.
Por su parte, el Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, actualiza y reordena las funciones atribuidas a sus órganos superiores y
directivos, con el fin de conseguir la máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento
de sus objetivos. Entre estos se encuentran la promoción y desarrollo de las políticas
dirigidas a las personas con discapacidad, en el ámbito de las competencias
constitucionalmente reservadas al Estado, y el ejercicio de la tutela del Estado sobre las
entidades asistenciales ajenas a la Administración.
Entre los órganos colegiados adscritos al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 se encuentran el Consejo de Protectorado de la Organización Nacional de
Ciegos Españoles, el Consejo de Protección de Cruz Roja Española, el Consejo Nacional de
la Discapacidad y el Foro de Cultura Inclusiva. Todos ellos son órganos colegiados previstos
de acuerdo con el artículo 15.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, ya que están constituidos por representantes de diferentes departamentos
ministeriales y de organizaciones representativas de intereses sociales. Los tres primeros
bajo la presidencia de la persona titular del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 y el Foro de Cultura Inclusiva, bajo la de la persona titular de la Secretaría de
Estado de Cultura. Asimismo, depende del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 el organismo autónomo del Real Patronato sobre Discapacidad.
La nueva estructura de la Administración General del Estado exige adecuar los
citados órganos colegiados y el organismo autónomo a la estructura departamental
vigente con el fin de permitir un óptimo desempeño de sus funciones. La actualización de
esta regulación busca también asegurar la presencia equilibrada entre mujeres y
hombres, según lo establecido en el artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y
objetivas, debidamente motivadas, así como la presencia y participación de las personas
con discapacidad en estos órganos consultivos y en el organismo autónomo y de
decisión de las políticas sociales.
El artículo 49 de la Constitución Española, tras su reforma de 15 de febrero de 2024
para adaptarlo al marco de la Convención Internacional sobre los Derechos de las
cve: BOE-A-2025-17928
Verificable en https://www.boe.es
17928
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