Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 12-09-2025
Comunidad Foral de Navarra. . III. Otras disposiciones. Municipios. Denominaciones. (BOE-A-2025-18122)
Decreto Foral 1/2025, de 22 de enero, por el que se crea el Concejo de Aizarotz en el municipio de Basaburua.
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Decreto Foral 1/2025, de 22 de enero, por el que se crea el Concejo de Aizarotz en el municipio de Basaburua.Núm. 220
Viernes 12 de septiembre de 2025
Sec. III. Pág. 119257
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
18122
Decreto Foral 1/2025, de 22 de enero, por el que se crea el Concejo de
Aizarotz en el municipio de Basaburua.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
De conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de
julio, de la Administración Local de Navarra, además de los municipios, tienen también la
condición de entes locales de Navarra, entre otros, los concejos.
El artículo 37 de la norma citada establece que los concejos son entidades locales
enclavadas en el término de un municipio, con población y ámbito territorial inferiores al de
este, con bienes propios y personalidad jurídica para la gestión y administración de sus
intereses en el ámbito de las competencias atribuidas a los mismos por esta ley foral.
Los concejos, en el ámbito de las competencias que les atribuyen las leyes, y con las
limitaciones que resulten de las mismas, tendrán las potestades y prerrogativas
reconocidas a los municipios.
Para tener la condición de entidad local concejil se deberá acreditar la suficiencia de
recursos para el adecuado ejercicio de las competencias contempladas en el artículo 39
de la presente ley foral. Se entenderá esta suficiencia de recursos cuando el concejo
disponga de ingresos suficientes, ya sean propios o procedentes de transferencias
corrientes del Gobierno de Navarra o del ayuntamiento en que se integre.
El artículo 42 de la norma citada estable que podrán constituirse nuevos concejos
cuando concurran conjuntamente las siguientes condiciones:
No podrán constituirse concejos cuando la población no sea superior a cien
habitantes.
El Pleno del Ayuntamiento de Basaburua, en fecha 29 de septiembre de 2022,
adoptó, de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la
Administración Local de Navarra, acuerdo para solicitar la constitución en concejo de la
localidad de Aizarotz sita en el término municipal de Basaburua.
Con fechas de 3 y 7 de octubre de 2022, el ayuntamiento solicita al Gobierno de
Navarra la creación del Concejo de Aizarotz, acompañando la solicitud de informe
jurídico, informe económico justificativo de la necesidad de creación del concejo y de su
suficiencia financiera, y diversa documentación complementaria.
El expediente de constitución del concejo fue sometido a informe de la Comisión de
Delimitación Territorial de fecha 24 de mayo de 2023, obteniendo informe favorable.
El expediente fue sometido a información pública mediante su publicación en el
«Boletín Oficial de Navarra» y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Basaburua
mediante Resolución 361/2023, de 16 de octubre, del director general de Administración
Local y Despoblación, por la que se somete a información pública el expediente de
constitución del Concejo de Aizarotz, a solicitud del Ayuntamiento de Basaburua.
Durante el período de información pública no se han presentado alegaciones ni ante
el ayuntamiento, ni ante la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
Analizado el expediente tramitado, ha quedado acreditado el cumplimiento de todos
los requisitos formales y materiales previstos en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la
cve: BOE-A-2025-18122
Verificable en https://www.boe.es
a) Contar con recursos suficientes para el cumplimiento de sus fines.
b) No comportar la constitución una pérdida de calidad en la prestación de los
servicios generales del municipio.
c) Concurrir circunstancias de orden geográfico, histórico, social, económico o
administrativo que requieran la constitución del nuevo concejo.
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