Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 12-09-2025

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Boletín Oficial del Estado
12/09/2025

Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . I. Disposiciones generales. Enseñanzas artísticas. (BOE-A-2025-18077)

Orden EFD/998/2025, de 6 de septiembre, por la que se modifica la Orden EDU/2739/2009, de 1 de octubre, por la que se determinan las convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, y la exención de la Educación Física, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación.

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Orden EFD/998/2025, de 6 de septiembre, por la que se modifica la Orden EDU/2739/2009, de 1 de octubre, por la que se determinan las convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, y la exención de la Educación Física, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220

Viernes 12 de septiembre de 2025

Sec. I. Pág. 119003

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Orden EFD/998/2025, de 6 de septiembre, por la que se modifica la Orden
EDU/2739/2009, de 1 de octubre, por la que se determinan las
convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y
la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, y la exención de la
Educación Física, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación.

La Orden EDU/2739/2009, de 1 de octubre, por la que se determinan las
convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la
Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, y la exención de la Educación Física,
en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, regula, para el ámbito de gestión del
Ministerio, las convalidaciones y exenciones de carácter general previstas en el Real
Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las
enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y
el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación física deben
tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas
profesionales de Danza, y en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas
de alto nivel y alto rendimiento. Asimismo, establece los procedimientos de convalidación
y exención previstos en los reales decretos citados.
Por su parte, la Orden EFP/533/2023, de 23 de mayo, ha adecuado lo previsto en la
Orden EDU/2739/2009, de 1 de octubre, a los cambios derivados de la implantación de
la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y ha incluido las convalidaciones de las
materias optativas de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, teniendo en
cuenta lo previsto en el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero.
La entrada en vigor de las modificaciones introducidas por la Orden EFP/533/2023,
de 23 de mayo ha facilitado, para el alumnado que realiza sus estudios en centros
educativos del ámbito de gestión del Ministerio, la posibilidad de cursar simultáneamente
las enseñanzas artísticas profesionales y la educación secundaria tras la implantación de
la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre. En el tiempo transcurrido desde entonces,
se ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir ajustes que permitan extender al
conjunto del alumnado del ámbito de gestión del Ministerio las previsiones de
convalidación sobre materias optativas de educación secundaria. Asimismo, se ha
revelado necesaria la simplificación del procedimiento de convalidación y la reducción
del tiempo de resolución para que cada centro docente pueda reconocer y aplicar de
forma directa las convalidaciones previstas en la norma, excepto en aquellos casos en
que la convalidación no se haya establecido con una asignatura concreta.
Procede, por tanto, modificar distintos preceptos de la Orden EDU/2739/2009, de 1
de octubre, con el objetivo de dar respuesta a las necesidades expuestas.
La presente orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En primer lugar, se ajusta a los principios de necesidad
y eficacia, ya que se trata de una norma que persigue el interés general al introducir los
ajustes necesarios para, por un lado, extender la convalidación de materias optativas al
conjunto del alumnado del ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes y, por otro, simplificar y reducir el tiempo de resolución en el
procedimiento de convalidación. De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la
regulación que esta norma contiene es la imprescindible para garantizar su finalidad, ya

cve: BOE-A-2025-18077
Verificable en https://www.boe.es

18077

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