Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 17-09-2025
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-33236)
Resolución de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional por la que se autoriza la prestación de servicios del sistema de acogida de protección internacional, mediante acción concertada, a la entidad Fundación Privada Resilis.
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Resolución de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional por la que se autoriza la prestación de servicios del sistema de acogida de protección internacional, mediante acción concertada, a la entidad Fundación Privada Resilis.Núm. 224
Miércoles 17 de septiembre de 2025
Sec. V-B. Pág. 52643
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
33236
Re solución de la Dire cción Ge ne ral de Ate nción Humanitaria y de l
Sistema de Acogida de Protección Internacional por la que se autoriza
la pre stación de se rvicios de l siste ma de acogida de prote cción
inte rnacional, me diante acción conce rtada, a la e ntidad Fundación
Privada Re silis.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.1 del Reglamento por el que se
regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado por
el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, la Dirección General de Atención
Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional determinará
mediante resolución las entidades autorizadas a concertar. Por su parte, la Orden
ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se desarrolla la gestión del sistema de
acogida de protección internacional mediante acción concertada, regula en el
artículo 8 el contenido y alcance de dicha resolución de autorización de acción
concertada.
Con fecha 2 de mayo de 2025, se recibió en esta Dirección General la solicitud
de autorización de la entidad denominada Fundación Privada RESILIS (en
adelante, "RESILIS"). La mesa de acción concertada, en su reunión de, ha
valorado la documentación aportada por dicha entidad, verificando el cumplimiento
de los requisitos establecidos y, de conformidad con el artículo 43. 4 b) del
Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección
internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, ha
comunicado a esta Dirección General que inste a la entidad a mejorar su solicitud,
mediante la presentación del certificado de experiencia previa al que hace
referencia el artículo 5. c) 1º, de la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio. No
obstante, la entidad ha presentado con posterioridad a la celebración de la mesa
de acción concertada el certificado citado.
Por todo lo anterior, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 39.1 del Real
Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el
que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, y del
artículo 8.1 de la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se desarrolla la
gestión del sistema de acogida de protección internacional mediante acción
concertada, y a propuesta de la mesa de acción concertada, esta Dirección
General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección
Internacional,
Primero.- Autorizar a la entidad RESILIS, por un periodo de 4 años, para la
prestación de servicios, mediante acción concertada, en las fases de valoración
inicial y derivación, acogida y autonomía del itinerario del sistema de acogida
regulado en el Título II del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida
en materia de protección internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022, de
29 de marzo.
Segundo.- Esta resolución será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y en la sede electrónica asociada del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones.
cve: BOE-B-2025-33236
Verificable en https://www.boe.es
RESUELVE
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