Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 18-09-2025
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-18445)
Adenda n.º 7 al Acuerdo Administrativo Estándar entre el Gobierno del Reino de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples (OFFAM) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), hecha en Nueva York el 15 de julio de 2025.
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Adenda n.º 7 al Acuerdo Administrativo Estándar entre el Gobierno del Reino de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples (OFFAM) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), hecha en Nueva York el 15 de julio de 2025.Núm. 225
Jueves 18 de septiembre de 2025
Sec. I. Pág. 120668
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
18445
Adenda n.º 7 al Acuerdo Administrativo Estándar entre el Gobierno del Reino
de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples
(OFFAM) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD),
hecha en Nueva York el 15 de julio de 2025.
ADENDA NÚM. 7 AL ACUERDO ADMINISTRATIVO ESTÁNDAR ENTRE EL GOBIERNO
DEL REINO DE ESPAÑA Y LA OFICINA DE LOS FONDOS FIDUCIARIOS
DE ASOCIADOS MÚLTIPLES (OFFAM) DEL PROGRAMA
DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD)
El Gobierno del Reino de España (en lo sucesivo, «el Donante») y la Oficina de los
Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples (OFFAM) del PNUD, que actúa en calidad de
agente administrativo (en lo sucesivo, «el Agente Administrativo») del Fondo Conjunto
para los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS), por su propia cuenta y por la de
todas las organizaciones de las Naciones Unidas participantes, han convenido en lo
siguiente:
Considerando que las organizaciones de las Naciones Unidas participantes que
firmaron un Memorando de Entendimiento (en lo sucesivo denominadas colectivamente
«las organizaciones de las Naciones Unidas participantes») crearon el Fondo Conjunto
para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) (en lo sucesivo, «el Fondo»), que
inició su actividad el 2 de junio de 2017 y la finalizará el 31 de diciembre de 2030(1) (en lo
sucesivo, «la fecha de finalización»), con las posibles modificaciones posteriores, como
parte de su respectiva labor en el ámbito de la cooperación para el desarrollo, tal y como
se especifica más exhaustivamente en el mandato actualizado del Fondo.
(1)
Fecha en la que se prevé que concluyan las operaciones del Fondo, según lo previsto en su mandato,
y que todas las actividades programáticas se hayan completado.
Considerando que en la adenda núm. 1 al Acuerdo Administrativo Estándar, firmada
el 4 de diciembre de 2020, el Donante realizó una contribución de cinco millones de
euros (5.000.000 EUR) y actualizó la fecha de finalización del Fondo fijada en el Acuerdo
Administrativo Estándar al 30 de junio de 2030 para hacerla coincidir con la del mandato
de dicho Fondo.
Considerando que en la adenda núm. 2 al Acuerdo Administrativo Estándar, firmada
el 5 de noviembre de 2021, el Donante realizó una contribución de veinte millones de
euros (20.000.000 EUR).
Considerando que en la adenda núm. 3 al Acuerdo Administrativo Estándar, firmada
el 7 de diciembre de 2022, el Donante realizó una contribución de diez millones trescientos
mil euros (10.300.000 EUR), de los cuales cinco millones de euros (5.000.000 EUR) se
cve: BOE-A-2025-18445
Verificable en https://www.boe.es
Considerando que el Gobierno del Reino de España (en lo sucesivo, «el Donante») y
la OFFAM del PNUD (en lo sucesivo, «el Agente Administrativo») del Fondo Conjunto
para los ODS (en lo sucesivo, «el Fondo»), por su propia cuenta y por la de todas las
organizaciones de las Naciones Unidas participantes, celebraron un Acuerdo
Administrativo Estándar, firmado el 16 de abril de 2018, para formalizar una contribución
de diez millones de dólares estadounidenses (10.000.000 USD) de apoyo al Fondo.
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