Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 18-09-2025
Ministerio de Hacienda. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-18498)
Resolución de 10 de septiembre de 2025, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Provincial de la Abogacía de Pontevedra.
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Resolución de 10 de septiembre de 2025, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Provincial de la Abogacía de Pontevedra.Núm. 225
Jueves 18 de septiembre de 2025
Sec. III. Pág. 120942
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
18498
Resolución de 10 de septiembre de 2025, de la Dirección General del
Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Provincial de la
Abogacía de Pontevedra.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Provincial
de la Abogacía de Pontevedra, un Convenio de colaboración en materia de Gestión
Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio,
que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 10 de septiembre de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Colegio Provincial de la Abogacía de Pontevedra en materia
de gestión catastral
En Madrid y Pontevedra, a nueve de septiembre del año dos mil veinticinco.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre),
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo
decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, doña Gema Rial Rodríguez, Decana del Ilustre Colegio Provincial de la
Abogacía de Pontevedra, habiendo sido proclamada electa el 18 de diciembre de 2021,
cuya representación desempeña de conformidad con el artículo 36 de sus Estatutos,
aprobados por Orden de 3 de agosto de 2023, de la Vicepresidencia Primera y
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de la Xunta de Galicia (DOG de 28 de
agosto).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del catastro inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes administraciones, entidades y corporaciones
públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al catastro inmobiliario.
cve: BOE-A-2025-18498
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
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