Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 19-09-2025

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Boletín Oficial del Estado
19/09/2025

Comunidad Autónoma de Andalucía. . I. Disposiciones generales. Colegios profesionales. (BOE-A-2025-18521)

Ley 1/2025, de 26 de mayo, por la que se crea el Colegio Oficial de Criminología de Andalucía

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Ley 1/2025, de 26 de mayo, por la que se crea el Colegio Oficial de Criminología de Andalucía
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Viernes 19 de septiembre de 2025

Sec. I. Pág. 121085

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
18521

Ley 1/2025, de 26 de mayo, por la que se crea el Colegio Oficial de
Criminología de Andalucía
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

A todos los que la presente vieren, sabed que el Parlamento de Andalucía ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y
el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley por la
que se crea el Colegio Oficial de Criminología de Andalucía.

El artículo 36 de la Constitución española prevé que la ley regulará las peculiaridades
propias del régimen jurídico de los colegios profesionales, y el artículo 149.1.18.ª
establece la competencia exclusiva del Estado para dictar las bases del régimen jurídico
de las Administraciones públicas. La legislación básica del Estado en materia de colegios
profesionales se encuentra recogida en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios
Profesionales.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone, en el artículo 79.3.b), que
corresponden a la comunidad autónoma, en lo no afectado por el artículo 149.1.18.ª de
la Constitución española, competencias exclusivas sobre colegios profesionales y ejercicio
de las profesiones tituladas, de acuerdo con el artículo 36 de la Constitución española y
con la legislación del Estado. Asimismo, en su artículo 47.1.1.ª establece como competencia
exclusiva de la comunidad autónoma el procedimiento administrativo derivado de las
especialidades de la organización propia de la comunidad autónoma, la estructura y la
regulación de los órganos administrativos públicos de Andalucía y de sus organismos
autónomos.
La Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de
Andalucía, establece en el artículo 10 que la creación de colegios profesionales se
acordará por ley del Parlamento de Andalucía, a petición de las personas profesionales
interesadas. Igualmente, dispone que el proyecto de ley será aprobado por el Consejo de
Gobierno de la Junta de Andalucía, siempre que se aprecie la concurrencia de razones
de interés público que justifiquen el carácter colegiado de la profesión. Asimismo, el
citado artículo 10 determina que los requisitos y el procedimiento para la creación de un
colegio profesional serán objeto de desarrollo reglamentario. Sobre la base de lo anterior,
el Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía, aprobado por el Decreto 216/2006,
de 12 de diciembre, desarrolla en su capítulo I el procedimiento de creación de los
colegios profesionales de Andalucía.
En los últimos tiempos, las actividades relacionadas con la criminología, incardinadas
dentro de las ciencias al servicio de la sociedad y la justicia, han tomado forma y entidad,
así como independencia desde un correcto método y técnicas propias, siendo una figura
en claro auge en muy distintos ámbitos de la sociedad. Por Real Decreto 858/2003, de 4
de julio, por el que se establece el título universitario oficial de Licenciado en Criminología
y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención,
se crea la Licenciatura en Criminología como título universitario oficial y se establecen
las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención.
Dicho título proporciona una formación científica, de carácter interdisciplinar, en los
distintos aspectos relacionados con el hecho criminal o con la conducta desviada. Con la
puesta en marcha del Espacio Europeo de Educación Superior, el Real Decreto 1393/2007,

cve: BOE-A-2025-18521
Verificable en https://www.boe.es

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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