Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 22-09-2025
Comunidad Autónoma de Cataluña. . III. Otras disposiciones. Términos municipales. (BOE-A-2025-18738)
Decreto 187/2025, de 2 de septiembre, por el que se aprueba la alteración de los términos municipales de Castellfollit del Boix y de Sant Salvador de Guardiola.
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Decreto 187/2025, de 2 de septiembre, por el que se aprueba la alteración de los términos municipales de Castellfollit del Boix y de Sant Salvador de Guardiola.Núm. 228
Lunes 22 de septiembre de 2025
Sec. III. Pág. 122396
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
Decreto 187/2025, de 2 de septiembre, por el que se aprueba la alteración de
los términos municipales de Castellfollit del Boix y de Sant Salvador de
Guardiola.
El 24 de abril de 2014 el Pleno del Ayuntamiento de Castellfollit del Boix acordó, por
mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, iniciar un expediente
de alteración de los términos municipales de Castellfollit del Boix y de Sant Salvador de
Guardiola en los ámbitos de la urbanización de Can Canyelles y de la finca El Corral
Nou, con el fin de dar coherencia geográfica a los términos municipales y facilitar la
gestión de las actuaciones municipales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14
del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el
Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, en relación con el supuesto que define el
artículo 13.1.c.
El expediente fue sometido a información pública, sin que se presentaran
alegaciones dentro de este trámite, y a informe de los entes locales que no lo habían
promovido. El Ayuntamiento de Sant Salvador de Guardiola, en un primer momento,
mediante el Acuerdo del Pleno de 5 de noviembre de 2014, emitió un informe favorable
sobre la propuesta de la alteración con la condición de modificar un tramo del límite de
término en el ámbito de la finca El Corral Nou y ampliar la propuesta de la alteración a un
nuevo ámbito de la finca El Mas Nou. El Ayuntamiento de Castellfollit del Boix, por el
Acuerdo del Pleno de 24 de septiembre de 2015, rechazó las condiciones solicitadas por
el Ayuntamiento de Sant Salvador de Guardiola, el cual, finalmente, por el Acuerdo del
Pleno de 24 de noviembre de 2015, manifestó su disconformidad con el expediente de
alteración. La Diputación de Barcelona, mediante el Decreto de la presidencia de 17 de
diciembre de 2014, manifestó que, pese a que la alteración estaba motivada y justificada,
no podía emitirse un informe favorable, dado que en la documentación que se le había
facilitado faltaba el acuerdo favorable del Ayuntamiento de Sant Salvador de Guardiola.
El 23 de noviembre de 2015, el Consejo Comarcal de El Bages emitió un informe
favorable sobre la propuesta de la alteración.
El Ayuntamiento de Castellfollit del Boix, mediante el Acuerdo del Pleno de 24 de
septiembre de 2015, aprobó la procedencia de la alteración de los términos municipales
con el cuórum legalmente establecido.
El 9 de febrero de 2016, el Ayuntamiento de Castellfollit del Boix, como ente
instructor del expediente, envió una copia del expediente al Departamento de
Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda. Una vez examinada la
documentación que integraba el expediente, la Dirección General de Administración
Local se dirigió al Ayuntamiento de Castellfollit del Boix para que completara el
expediente administrativo. Esta corporación dio respuesta al último requerimiento de
documentación el 1 de abril de 2016.
La Dirección General de Administración Local, en fecha 14 de julio de 2016, una vez
examinada la documentación enviada, emitió un informe que declaraba la procedencia
de la alteración, de acuerdo con los criterios que fija el Decreto 244/2007, de 6 de
noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los
municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de
Cataluña, y formulaba unos ajustes derivados de la concreción de la delimitación de la
alteración descrita y de la cartografía oficial de Cataluña del Instituto Cartográfico y
Geológico de Cataluña a escala 1:5.000.
La Comisión de Delimitación Territorial, en la sesión de 27 de julio de 2016, emitió un
informe favorable sobre el expediente.
cve: BOE-A-2025-18738
Verificable en https://www.boe.es
18738
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