Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 29-09-2025
Ministerio Fiscal. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Ceses. (BOE-A-2025-19213)
Decreto de 5 de septiembre de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de don Jesús Alaña Pérez de Mendiguren como Fiscal Delegado de Delitos Económicos en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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Decreto de 5 de septiembre de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de don Jesús Alaña Pérez de Mendiguren como Fiscal Delegado de Delitos Económicos en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria.Núm. 234
Lunes 29 de septiembre de 2025
Sec. II.A. Pág. 124823
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO FISCAL
19213
Decreto de 5 de septiembre de 2025, del Fiscal General del Estado, por el
que se acepta la renuncia de don Jesús Alaña Pérez de Mendiguren como
Fiscal Delegado de Delitos Económicos en la Fiscalía de la Comunidad
Autónoma de Cantabria.
El 10 de julio de 2025 el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
remitió escrito a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado en el que el Ilmo.
señor don Jesús Alaña Pérez de Mendiguren, renuncia voluntariamente al cargo de
Fiscal Delegado de Delitos Económicos de dicha Fiscalía.
Hechos
Único.
Don Jesús Alaña Pérez de Mendiguren, fue nombrado Fiscal Delegado de Delitos
Económicos de dicha Fiscalía por Decreto del Fiscal General del Estado de 17 de marzo
de 2025. En el escrito presentado se justifica la renuncia al cargo por estar interesado en
el desempeño de otras funciones fiscales tras una remodelación del reparto de trabajo
subsiguiente a la resolución de un concurso de traslados.
El 15 de julio de 2025 se dio traslado de la renuncia al Fiscal de Sala Coordinador de
la Unidad Especializada de Delitos Económicos de la Fiscalía General del Estado, no
formulándose objeción a la misma por informe de 2 de septiembre.
Fundamentos
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal prevé la posibilidad de creación de
Secciones especializadas en las Fiscalías Territoriales, cuando se requiera una
organización específica por su singularidad o por el volumen de actuaciones que
generen. Esas Secciones podrán estar dirigidas por un Fiscal Decano, y a ellas serán
adscritos uno o varios fiscales pertenecientes a la plantilla de la Fiscalía (art. 18.3,
párrafo II).
Por su parte el Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real
Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que los Fiscales Delegados especialistas,
tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados,
mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a
propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o
Delegado (art. 62.2). El nombramiento y cese será publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» (art. 63.3).
La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado sobre adaptación del sistema
de nombramiento y estatus de los delegados de las secciones especializadas de las
Fiscalías y del régimen interno de comunicación y relación con las áreas de
especialización delegadas tras la reforma del EOMF operada por Ley 24/2007 de 9 de
octubre, complementa las anteriores disposiciones al establecer que el nombramiento y
cese de un Delegado provincial de una especialidad seguirá el mismo trámite que el de
los Fiscales Decanos, y que el cargo de Delegado no está sujeto a límite temporal, pero
cve: BOE-A-2025-19213
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
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