Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-10-2025
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-19859)
Resolución de 30 de septiembre de 2025, de la Autoridad Portuaria de Valencia, sobre delegación de competencias.
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Resolución de 30 de septiembre de 2025, de la Autoridad Portuaria de Valencia, sobre delegación de competencias.Núm. 240
Lunes 6 de octubre de 2025
Sec. III. Pág. 127946
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
19859
Resolución de 30 de septiembre de 2025, de la Autoridad Portuaria de
Valencia, sobre delegación de competencias.
El Director General de la Autoridad Portuaria de Valencia, de conformidad con lo
establecido en el apartado 1.º del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público y previa autorización del Consejo de Administración
de la Autoridad Portuaria de Valencia en sesión celebrada el 29 de septiembre de 2025,
ha resuelto:
Primero.
Revocar la vigente delegación de competencias, acordada por esta Dirección
General de la Autoridad Portuaria de Valencia el 1 de octubre de 2024 (BOE núm. 244
de 9 de octubre de 2024), en la persona titular de la Subdirección General de
Explotación y Organización de la Autoridad Portuaria de Valencia el ejercicio de las
competencias, actuaciones y funciones concernientes a la gestión y liquidación de las
tasas, tributos y demás recursos de naturaleza pública y privada que tiene atribuidas
esta Dirección General en virtud del artículo 33.2.a) del Texto Refundido de la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Segundo.
Delegar en el Jefe de Operaciones de la Autoridad Portuaria de Valencia el ejercicio
de las competencias, actuaciones y funciones concernientes a la gestión y liquidación de
las tasas, tributos y demás recursos de naturaleza pública y privada que tiene atribuidas
esta Dirección General en virtud del artículo 33.2 a) del Texto Refundido de la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Tercero.
La delegación de competencias prevista en esta resolución será revocable en
cualquier momento por el Director General de la Autoridad Portuaria de Valencia.
Asimismo, como órgano titular de la competencia delegada, podrá avocar para sí el
ejercicio de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de la competencia delegada,
se hará constar expresamente tal circunstancia mediante la mención de la
correspondiente resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del
Estado».
Quinto.
Ordenar a la Secretaría General que proceda, conforme a lo previsto en el
artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
a la publicación de la delegación de competencia en el correspondiente boletín oficial.
cve: BOE-A-2025-19859
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 06-10-2025
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