Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-10-2025
Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. . III. Otras disposiciones. Sector gasista. (BOE-A-2025-20071)
Resolución de 26 de septiembre de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre el cálculo, supervisión y valoración de los saldos de mermas en el sistema gasista correspondientes al año de gas 2024 y su afección a la retribución de los titulares de las instalaciones.
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Resolución de 26 de septiembre de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre el cálculo, supervisión y valoración de los saldos de mermas en el sistema gasista correspondientes al año de gas 2024 y su afección a la retribución de los titulares de las instalaciones.Núm. 242
Miércoles 8 de octubre de 2025
Sec. III. Pág. 129396
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
20071
Resolución de 26 de septiembre de 2025, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, sobre el cálculo, supervisión y valoración de los
saldos de mermas en el sistema gasista correspondientes al año de gas 2024
y su afección a la retribución de los titulares de las instalaciones.
De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 3/2013, de creación de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, y el artículo 65 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de
Hidrocarburos, en la redacción dada a ambos por el Real Decreto–ley 1/2019, de 11 de
enero, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a
las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de
julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas
natural, así como de acuerdo con la Circular 7/2021, de 28 de julio, de la Comisión Nacional
de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo,
supervisión, valoración y liquidación de mermas en el sistema gasista, la Sala de Supervisión
Regulatoria, en su sesión de 25 de septiembre de 2025, acuerda lo siguiente:
Antecedentes
En fecha 28 de julio de 2021, el Pleno del Consejo de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia aprobó la Circular 7/2021, por la que se establece la
metodología para el cálculo, supervisión, valoración y liquidación de las mermas en el
sistema gasista. La circular entró en vigor el 1 de octubre de 2021, aplicando por primera
vez al año de gas 2022 (octubre de 2021 a septiembre de 2022).
De conformidad con el artículo 13, apartado 2, de la Circular 7/2021, en fecha 14 de
marzo de 2025, el gestor técnico del sistema remitió a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia el informe de supervisión de las mermas en las instalaciones
del sistema gasista para el año de gas 2024.
Con fecha 24 de julio de 2025, la propuesta de resolución y su memoria se
sometieron a trámite de audiencia a través del Consejo Consultivo de Hidrocarburos por
un plazo de diez días hábiles, a fin de que sus miembros pudieran presentar las
alegaciones y observaciones que estimasen oportunas. Asimismo, en fecha 24 de julio
de 2025, en cumplimiento del trámite de información pública, se publicó en la página web
de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para que los interesados
formularan sus alegaciones.
El Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, modificó la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del sector de hidrocarburos, otorgando a la Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia la función de regular las mermas y los autoconsumos, así como de
establecer la retribución de los titulares de las instalaciones gasistas, siendo un
componente de esta los incentivos a la reducción de dichas mermas.
En fecha 28 de julio de 2021, la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia aprobó la Circular 7/2021, por la que se establece la metodología para el
cálculo, valoración y liquidación de mermas en el sistema gasista. Esta circular da
respuesta a la necesidad de desarrollar una metodología de cálculo de las mermas para
las instalaciones del sistema gasistas coherente con el nuevo régimen de funcionamiento
cve: BOE-A-2025-20071
Verificable en https://www.boe.es
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