Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 23-10-2025
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-21362)
Resolución de 24 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Metka EGN Solar 1, SLU autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Coral Solar, de 150,15 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Medina del Campo y Villaverde de Medina (Valladolid).
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Resolución de 24 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Metka EGN Solar 1, SLU autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Coral Solar, de 150,15 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Medina del Campo y Villaverde de Medina (Valladolid).Núm. 255
Jueves 23 de octubre de 2025
Sec. III. Pág. 138640
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Metka EGN Solar 1, SLU
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Coral Solar,
de 150,15 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación,
en Medina del Campo y Villaverde de Medina (Valladolid).
Metka EGN Solar 1, SLU, en adelante el promotor, solicitó, con fecha 20 de abril
de 2023, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica «Coral Solar»
de 150 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos
municipales de Medina del Campo y Villaverde de Medina, en la provincia de Valladolid.
Posteriormente, con fecha 28 de mayo de 2024, el promotor solicitó autorización
administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en
concreto, de utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica «FV Coral Solar» de 150
MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de
Valladolid.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Valladolid y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Villaverde Medina en la que
presenta su conformidad condicionada al proyecto, destacando la necesidad de
mantener los caminos municipales en perfecto estado, reparando los daños que puedan
ser causados, y prohibiendo su vallado, así como el soterramiento de cualquier
conducción eléctrica requerida. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
el cual expresa su conformidad con la misma.
La Subdirección General de Patrimonio del Ministerio de Defensa remitió informe del
que no se desprende oposición.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta
de Castilla y León en la que aporta un listado de instalaciones que se están tramitando o
construyendo en la zona, y que pudieran verse afectadas por el proyecto. Indica que,
según la documentación recibida, la planta FV Aries Solar (Expte: FV-2448), autorizada
por ese Servicio Territorial, se vería afectada, planteando la modificación de la
subestación SET Irina. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual
expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Duero, de la
Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla y León, y de
Red Eléctrica de España, SAU, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su
caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las
mismas.
cve: BOE-A-2025-21362
Verificable en https://www.boe.es
21362
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 23-10-2025
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