Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 28-10-2025
Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-21714)
Resolución de 17 de octubre de 2025, del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P., sobre delegación de competencias.
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Resolución de 17 de octubre de 2025, del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P., sobre delegación de competencias.Núm. 259
Martes 28 de octubre de 2025
Sec. III. Pág. 140808
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución de 17 de octubre de 2025, del Instituto Nacional de Seguridad y
Salud en el Trabajo, O.A., M.P., sobre delegación de competencias.
La estructura y competencias del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el
Trabajo, O.A., M.P., se regulan en el Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, en cuyo
artículo primero se establece que es un organismo autónomo de carácter administrativo,
dotado de personalidad jurídica, adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula, en
su título II, la organización y funcionamiento del sector público institucional y,
específicamente, en la sección 2.ª de su capítulo III, los organismos autónomos, entre los
cuales figura el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo O.A., M.P. Por su
parte, esta misma norma prevé en el artículo 9 la figura de la delegación de
competencias, como mecanismo de organización interorgánico.
La Resolución de 18 de julio de 2024, del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en
el Trabajo O.A., M.P., sobre delegación de competencias, publicada en BOE de 6 de
febrero de 2025, hacía referencia a la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre (BOE
de 9 de noviembre), por la que se fijan los límites para administrar créditos para gastos,
se delegan competencias y se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias
en los órganos del Ministerio de Trabajo y Economía Social y sus organismos públicos.
La citada Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre, ha sido derogada por la Orden
TES/801/2025, de 18 de julio (BOE de 24 de julio), por la que se fijan los límites para la
administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
En la referida Orden TES/801/2025, de 18 de julio, se añade una nueva delegación de
competencia, en la persona titular de la Secretaría General del INSST, relativa al
reconocimiento de la adquisición y cambio del grado personal, además de las
competencias delegadas que establecía la derogada Orden TES/1217/2021.
La Orden TES/801/2025, de 18 de julio (BOE de 24 de julio), en su artículo vigésimo
quinto, aprueba la delegación de determinadas competencias de la persona titular de la
Subsecretaría de Trabajo y Economía Social en la persona titular de la Secretaría
General del INSST, OA, MP, previa aprobación del órgano máximo de dirección del
organismo. A su vez, en el artículo vigésimo sexto de la misma, se aprueba la delegación
de determinadas competencias de la persona titular de la Subsecretaría de Trabajo y
Economía Social en las personas titulares de los Centros Nacionales del INSST, OA, MP,
dentro de su ámbito territorial y previa aprobación del órgano máximo de dirección del
Organismo.
La disposición adicional quinta del Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social,
establece que las funciones de supervisión de proyectos de obras cuya contratación
corresponde al INSST, O.A., M.P., se atribuyen a la Secretaría General del INSST,
O.A., M.P.
Por ello, previo informe tanto de la Intervención Delegada de la Intervención General
de la Administración del Estado, como de la Abogacía del Estado en el Departamento,
de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
cve: BOE-A-2025-21714
Verificable en https://www.boe.es
21714
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