Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 01-11-2025

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Boletín Oficial del Estado
01/11/2025

Comunidad Autónoma de Las Illes Balears. . I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-22028)

Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025.

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Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Sábado 1 de noviembre de 2025

Sec. I. Pág. 142616

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
22028

Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears para el año 2025.
LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el
artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
El Tribunal Constitucional ha establecido reiteradamente que las leyes de
presupuestos tienen una función específica y constitucionalmente definida, que es la
aprobación de los presupuestos generales, que incluyen la totalidad de los gastos e
ingresos del sector público, así como la consignación del importe de los beneficios
fiscales que afectan a los tributos. De ello se deduce directamente que la ley de
presupuestos no puede contener materias ajenas a la disciplina presupuestaria, dado
que ello supondría una restricción ilegítima de las competencias del poder legislativo. No
obstante, como señala el Tribunal Constitucional, debe tenerse en cuenta que el carácter
temporal de los estados de gastos y de ingresos de la ley de presupuestos no impide
incluir otras normas de carácter indefinido, siempre que tengan una relación directa con
los ingresos y los gastos, que respondan a criterios de política económica del Gobierno o
que sirvan para entender o ejecutar mejor el presupuesto. Este contenido eventual de la
ley de presupuestos se justifica en el carácter funcional de esta ley, como vehículo
director de la política económica del sector público, lo cual permite introducir
disposiciones normativas permanentes que tienen como finalidad ordenar la acción y los
objetivos de la política económica y financiera del Gobierno o, dicho en otras palabras,
que inciden en la política de ingresos o de gastos del sector público o la condicionan.
De acuerdo con ello, se elabora la Ley de presupuestos generales de la comunidad
autónoma de las Illes Balears para el año 2025, que, junto con la Ley 14/2014, de 29 de
diciembre, de finanzas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y la
correspondiente normativa de desarrollo, constituye el marco normativo al que ha de
ajustarse la actividad económico-financiera de la comunidad autónoma.

El proceso de elaboración de los presupuestos generales para 2025 empieza
después de una serie de ejercicios con los objetivos de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera suspendidos por la pandemia de la COVID-19, y vueltos a poner
en vigor, nuevamente, en 2024. Aun así, la comunidad autónoma ha tenido superávit
presupuestario en los últimos tres ejercicios presupuestarios. Para el ejercicio de 2025
también se prevé cumplir nuevamente con estos objetivos.
Por otra parte, las previsiones de crecimiento del actual ciclo económico, permiten
que el presupuesto de 2025 dé continuidad a la voluntad del Gobierno de las Illes
Balears de persistir en el desarrollo de sus políticas para preservar la libertad, el
desarrollo económico, la mejora de los servicios educativos, sociales y sanitarios, la
protección de los más desfavorecidos, el incremento de la seguridad de los ciudadanos
de las Illes Balears y la mejora de las infraestructuras.

cve: BOE-A-2025-22028
Verificable en https://www.boe.es

II

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