Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 01-11-2025
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . I. Disposiciones generales. Ganadería. (BOE-A-2025-22025)
Real Decreto 937/2025, de 21 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 505/2013, de 28 de junio, por el que se regula el uso del logotipo «raza autóctona» en los productos de origen animal.
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Real Decreto 937/2025, de 21 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 505/2013, de 28 de junio, por el que se regula el uso del logotipo «raza autóctona» en los productos de origen animal.Núm. 263
Sábado 1 de noviembre de 2025
Sec. I. Pág. 142555
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Real Decreto 937/2025, de 21 de octubre, por el que se modifica el Real
Decreto 505/2013, de 28 de junio, por el que se regula el uso del logotipo
«raza autóctona» en los productos de origen animal.
Las administraciones públicas, en aras de alcanzar los objetivos de la Agenda 2030
propuesta por Naciones Unidas, en particular, el Objetivo 2 «Hambre cero», deben
apoyar la conservación y el mantenimiento de esta gran riqueza de recursos
zoogenéticos para la alimentación y la agricultura, fomentando la biodiversidad,
resiliencia y adaptabilidad frente a amenazas como el cambio climático y enfermedades
emergentes, y garantizar la seguridad alimentaria y la sostenibilidad ganadera. En esta
línea ha ido avanzando la Unión Europea a través del Pacto Verde que persigue la
transformación hacia un futuro sostenible.
En el sector agroalimentario esta sostenibilidad pretende promoverse a través la
aplicación de la Estrategia de la Granja a la Mesa que aboga por que los alimentos
europeos no sólo sean seguros, nutritivos y de calidad, sino también sostenibles. Las
prácticas de sostenibilidad deben dirigirse en tres vertientes, la social, económica y
medioambiental, donde figura la conservación de razas autóctonas, como ha quedado
patente en normas que afectan al sector agroalimentario como el Reglamento
(UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre
producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el
Reglamento (CE) n.º 834/2007 del Consejo, Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para
vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales
garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se
modifican los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se
deroga el Reglamento (UE) n.º 1151/2012 y el Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a las condiciones zootécnicas y
genealógicas para la cría, el comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores
de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, y por el que se
modifican el Reglamento (UE) n.º 652/2014 y las Directivas 89/608/CEE y 90/425/CEE del
Consejo y se derogan determinados actos en el ámbito de la cría animal.
España es uno de los países europeos con mayor diversidad de razas de ganado,
como se refleja en el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España regulado por el
Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas
aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y
su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y
fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de
mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14
de noviembre. Este Catálogo cuenta actualmente con 9 especies representadas,
sumando un total de 188 razas y variedades, de las cuales 166 son autóctonas, entre las
que 148 se encuentran en estado de amenaza.
Para garantizar el mantenimiento de este incalculable patrimonio, las autoridades
competentes en España trabajan en el marco del Programa Nacional de conservación,
mejora y fomento de las razas ganaderas, regulado en el citado real decreto; programa
que se concreta a través de un Plan de desarrollo propio, donde se recoge como
Prioridad Estratégica 6 la Utilización sostenible y vías alternativas de rentabilidad de las
razas y sus productos. Persiguiendo esta prioridad, España fue pionera, regulando el
logotipo «raza autóctona» a través del Real Decreto 505/2013, de 28 de junio, por el que
se regula el uso del logotipo «raza autóctona» en los productos de origen animal, gracias
cve: BOE-A-2025-22025
Verificable en https://www.boe.es
22025
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 01-11-2025
Orden INT/1218/2025, de 31 de octubre, por la que se dispone el cese del General de Brigada don José Santiago Martín Gómez como segundo Jefe del Estado Mayor de la Guardia Civil (Madrid).
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