Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 03-11-2025

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Boletín Oficial del Estado
03/11/2025

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-22091)

Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre, por la que se desarrolla la estructura y funcionamiento del Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER) y se regula su actuación.

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Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre, por la que se desarrolla la estructura y funcionamiento del Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER) y se regula su actuación.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Lunes 3 de noviembre de 2025

Sec. I. Pág. 143024

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre, por la que se desarrolla la
estructura y funcionamiento del Registro general de fabricantes y otros
agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER) y se regula su
actuación.

El Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas
para la nutrición sostenible en los suelos agrarios, busca conseguir un aporte sostenible
de nutrientes en la agricultura, previendo un marco de acción que permita mantener o
aumentar la productividad de los suelos agrarios, a la vez que se disminuye el impacto
ambiental y climático de la aplicación en dichos suelos de productos fertilizantes y otras
fuentes de nutrientes o materia orgánica. En este último punto, se consideró fundamental
contar con un instrumento censal que facilite la realización de estadísticas, la
planificación y ejecución de los controles oficiales por las comunidades autónomas y de
otras políticas agrarias.
El artículo 18 de dicho real decreto crea el Registro general de fabricantes y otros
agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER), en el que deberán inscribirse
todos los operadores que pongan estos productos a disposición del agricultor.
Igualmente obliga a desarrollar por orden ministerial su estructura y funcionamiento y el
modo de operar. La disposición final octava del citado Real Decreto 1051/2022, de 27 de
diciembre, faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para aprobarla.
Este registro, de acuerdo con las disposiciones del artículo 18, debe contener las
secciones necesarias para inscribir a los distintos operadores, establecer un sistema
para otorgar un número de registro y llevar a cabo la inscripción. Igualmente, debe incluir
las instrucciones para que los fabricantes y otros agentes económicos puedan cumplir
con sus obligaciones de remisión de información sobre el mercado. El contenido del
registro y de los datos se ha actualizado y concretado respecto del contemplado en el
anexo X del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, para contemplar las nuevas
necesidades y prioridades en estos ámbitos; en este sentido, se ha modificado la
estructura del código de registro debido a cuestiones informáticas, así como los datos a
solicitar anualmente, al objeto de cumplir con los requisitos de Eurostat.
Las actuaciones de registro por parte de los fabricantes y otros agentes económicos
se desarrollarán en todos los casos por medios electrónicos. Así, conforme a lo
dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece la obligación a los
sujetos a los que se refiere dicho artículo de relacionarse con la Administración por
medios electrónicos y, en el caso de los fabricantes y otros agentes económicos que
sean personas físicas, se dispone, en atención a sus características profesionales, la
misma obligación en virtud de lo previsto en el artículo 14.3 de la citada norma, habida
cuenta de que se trata de un sector en constante proceso de digitalización y ya sometido
a importantes obligaciones electrónicas y que posee las herramientas suficientes para su
aplicación efectiva.
En la tramitación de la presente orden, se ha consultado al Comité de Expertos
creado por Orden APA/1593/2006, de 19 de mayo, por la que se crea y regula el
Comité de Expertos en Fertilización, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 27.4 del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre. Además, se ha
efectuado el trámite de consulta a todas las comunidades autónomas y a las
entidades del sector afectadas y, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 26.6 de
la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, la orden se ha sometido al trámite
de audiencia e información públicas.

cve: BOE-A-2025-22091
Verificable en https://www.boe.es

22091

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