Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 05-11-2025
Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-22415)
Resolución de 24 de octubre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de ámbito estatal para el sector de agencias de viajes.
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Resolución de 24 de octubre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de ámbito estatal para el sector de agencias de viajes.Núm. 266
Miércoles 5 de noviembre de 2025
Sec. III. Pág. 145259
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
22415
Resolución de 24 de octubre de 2025, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo de ámbito estatal para el
sector de agencias de viajes.
Visto el texto del Convenio colectivo de ámbito estatal para el sector de agencias de
viajes (código convenio n.º 99000155011981), que fue suscrito con fecha 10 de junio
de 2025, de una parte, por la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV), en
representación de las empresas del sector, y de otra, por la organización sindical
Valorian, en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente
subsanado mediante acta de 20 de octubre de 2025, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto
refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24
de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del mencionado convenio colectivo en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de octubre de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO LABORAL DE ÁMBITO ESTATAL PARA EL SECTOR
DE AGENCIAS DE VIAJES 2025
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación
Principios generales.
La organización práctica del trabajo, con sujeción a este convenio y a la legislación
vigente, es facultad exclusiva de la empresa.
Sin merma de la autoridad que corresponde a la empresa o a sus representantes
legales, los representantes de los trabajadores/as tendrán los derechos y las funciones
de información, orientación y propuesta en lo relacionado con la organización y
realización del trabajo, de conformidad con la legislación vigente.
Las empresas amparadas por el presente convenio, garantizarán que las medidas
previstas en el, se apliquen sin discriminación alguna por motivos de sexo, género,
origen racial o étnico, nacionalidad, religión o creencias, salud, edad, clase social,
orientación sexual, identidad sexual, discapacidad, estado civil, migración o situación
administrativa, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
cve: BOE-A-2025-22415
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 05-11-2025
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