Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 07-11-2025
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . I. Disposiciones generales. Energía eléctrica. (BOE-A-2025-22527)
Orden TED/1252/2025, de 27 de octubre, por la que se modifican determinados aspectos de la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
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Orden TED/1252/2025, de 27 de octubre, por la que se modifican determinados aspectos de la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.Núm. 268
Viernes 7 de noviembre de 2025
Sec. I. Pág. 146227
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
22527
Orden TED/1252/2025, de 27 de octubre, por la que se modifican
determinados aspectos de la actividad de producción de energía eléctrica a
partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece la posibilidad de
desarrollar un marco retributivo para fomentar la actividad de producción de energía
eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Este marco se ha plasmado, bajo la denominación de régimen retributivo específico,
en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de
producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración
y residuos, y en sus órdenes de desarrollo, entre las que destacan la Orden
IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las
instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía
eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, o la Orden
IET/1345/2015, de 2 de julio, por la que se establece la metodología de actualización de
la retribución a la operación de las instalaciones con régimen retributivo específico,
derogada en virtud de la Orden TED/526/2024, de 31 de mayo, por la que se establece
la metodología de actualización de la retribución a la operación de las instalaciones tipo
de generación de energía eléctrica cuyos costes de explotación dependan esencialmente
del precio del combustible y se actualizan sus valores de retribución a la operación de
aplicación a partir del 1 de enero de 2024.
Durante los últimos diez años, el régimen retributivo específico ha constituido el
principal marco normativo de apoyo a la producción de energía eléctrica a partir de
fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
En este tiempo, el régimen ha requerido intervenciones puntuales motivadas por
ciertas situaciones de excepcionalidad, entre las cuales pueden destacarse, por ser las
más recientes, las siguientes.
Por un lado, las medidas de acompañamiento adoptadas por el Real Decretoley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica, para las instalaciones acogidas al régimen
retributivo específico cuyos costes de explotación dependen esencialmente del precio del
combustible, al objeto de garantizar su viabilidad económica en un contexto de bajos
precios del mercado y reducción de la producción industrial debido a la pandemia
internacional provocada por el COVID-19.
Por otro lado, por motivo de la crisis de precios energéticos que sufrió Europa desde
el segundo semestre de 2021, agravada con la invasión de Ucrania por parte de Rusia,
que supuso una escalada del precio del gas natural sin precedente y el consiguiente
aumento del precio de la electricidad en el mercado mayorista, las medidas incluidas en
el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en
el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de
la guerra en Ucrania, y en el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se
establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para
la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista. Estas medidas
supusieron la modificación del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, en relación con la
forma de cálculo del valor de ajuste por desviación del precio de mercado y de
estimación del precio del mercado, así como la revisión de la metodología de
cve: BOE-A-2025-22527
Verificable en https://www.boe.es
I
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