Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 13-11-2025
Comunidad Foral de Navarra. . I. Disposiciones generales. Impuestos. (BOE-A-2025-22959)
Ley Foral 11/2025, de 23 de octubre, del Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras.
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Ley Foral 11/2025, de 23 de octubre, del Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras.Núm. 273
Jueves 13 de noviembre de 2025
Sec. I. Pág. 149033
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
22959
Ley Foral 11/2025, de 23 de octubre, del Impuesto sobre el margen de
intereses y comisiones de determinadas entidades financieras.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral del
Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades
financieras.
La Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes
temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito
y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se
modifican determinadas normas tributarias, estableció un gravamen temporal en el
ámbito financiero para las entidades de crédito y los establecimientos financieros de
crédito cuya suma de ingresos por intereses y comisiones correspondiente al año 2019
fuese igual o superior a 800 millones de euros, a satisfacer en los años 2023 y 2024.
Posteriormente, la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de
diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y
sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar
los efectos de la sequía, obliga a la revisión de la configuración del gravamen para su
integración en el sistema tributario en el ejercicio fiscal 2024, así como a convenir el
nuevo impuesto con la Comunidad Foral de Navarra.
En el ámbito estatal, la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un
Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los
grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el
margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto
sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el
tabaco, y se modifican otras normas tributarias, introdujo en el sistema tributario estatal
el Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades
financieras.
Por su parte, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, la Ley 4/2025, de 24
de julio, por la que se modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se
aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra,
incorpora la adaptación del Convenio al «Impuesto sobre el margen de intereses y
comisiones de determinadas entidades financieras», a través del artículo 27 ter, por el
que se establecen las normas sobre competencia normativa, gestión e inspección del
impuesto.
El Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones se configura como un tributo
de naturaleza directa que grava el margen de intereses y comisiones obtenido por
entidades de crédito, sucursales de crédito extranjeras y establecimientos financieros de
crédito derivado de la actividad que desarrollen en territorio español. Este impuesto nace
con vigencia limitada.
Por consiguiente, la presente ley foral tiene por objeto regular el Impuesto sobre el
margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras en el ámbito
de la Comunidad Foral de Navarra.
Debe subrayarse que, conforme a lo hasta ahora expuesto, el presente texto
normativo se adecúa a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
cve: BOE-A-2025-22959
Verificable en https://www.boe.es
PREÁMBULO
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