Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 21-11-2025

Versión beta
Boletín Oficial del Estado
21/11/2025

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2025-23595)

Orden APA/1317/2025, de 12 de noviembre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones frutícolas comprendido en el Cuadragésimo Sexto Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Buscador de información oficial

¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscar
Hemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificial

Contenido de la primera página

Orden APA/1317/2025, de 12 de noviembre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones frutícolas comprendido en el Cuadragésimo Sexto Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Viernes 21 de noviembre de 2025

Sec. III. Pág. 152605

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
23595

Orden APA/1317/2025, de 12 de noviembre, por la que se definen los bienes
y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo,
el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y
los precios unitarios del seguro de explotaciones frutícolas comprendido en el
Cuadragésimo Sexto Plan de Seguros Agrarios Combinados.

De conformidad con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios
combinados, con el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla, con
el Cuadragésimo Sexto Plan de Seguros Agrarios Combinados, aprobado mediante el
Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2024, y a propuesta de la
Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A. (ENESA), por la presente orden se definen los
bienes y rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el
ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y, por último, los
precios unitarios del seguro de explotaciones frutícolas.
En la elaboración de esta orden se han observado los principios de buena regulación
previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los principios de necesidad y
eficacia puesto que la norma resulta el instrumento más indicado para los intereses que
se persiguen; el principio de proporcionalidad ya que contiene la regulación
imprescindible para atender a las necesidades que se pretenden cubrir; y el principio de
seguridad jurídica ya que es coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional y
de la Unión Europea. Por lo demás, la norma es coherente con los principios de
eficiencia, en tanto que la norma asegura la máxima eficacia de sus postulados con los
menores costes posibles inherentes a su aplicación, y transparencia, al haberse
garantizado una amplia participación en su elaboración.
En su virtud, dispongo:

1. Son asegurables, con cobertura de los riesgos que para cada cultivo y modalidad
figuran en el anexo I, las producciones correspondientes a las distintas variedades de los
cultivos de albaricoque, ciruela, manzana de mesa, manzana de sidra, melocotón
(incluye melocotón, nectarina, paraguayo y platerina), y pera, cuya producción sea
susceptible de recolección dentro del periodo de garantía, así como sus plantaciones.
También son asegurables los plantones durante la fase de desarrollo previa a la
entrada en producción.
Asimismo, serán asegurables las instalaciones que cumplan las características
mínimas que figuran en el anexo II, entendiendo por tales las estructuras de protección
antigranizo, los invernaderos, los sistemas de conducción, los cabezales de riego que
abastezcan exclusivamente a la explotación del asegurado y la red de riego en parcelas.
2. No son asegurables, y por tanto quedan excluidas de la cobertura de este
seguro, las siguientes parcelas y producciones:
a) Las parcelas destinadas a experimentación o ensayo, tanto de material vegetal
como de técnicas o prácticas culturales.
b) Las parcelas que se encuentren en estado de abandono.
c) Las parcelas destinadas al autoconsumo situadas en huertos familiares.
d) Las parcelas de árboles aislados.

cve: BOE-A-2025-23595
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Bienes asegurables.

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 21-11-2025

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. . I. Disposiciones generales. Comité Español de Ética de la Investigación. Reglamento. (BOE-A-2025-23547)

Real Decreto 1045/2025, de 19 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 53/2023, de 31 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Comité Español de Ética de la Investigación.

Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Patrimonio histórico. Derecho de tanteo. (BOE-A-2025-23604)

Orden CLT/1323/2025, de 13 de noviembre, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre los lotes n.º 197 y 400, subastados por la sala Áureo y Calicó, en Barcelona.

Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.

Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.

Iniciar sesión
Crear cuenta (es gratis, rápido y sencillo)

Indica, solo si quieres, en una o dos palabras tu principal interés (p.ej., auxiliar administrativo o ayudas formación...etc.), muy pronto podremos enviarte un correo electrónico cada vez que aparezca ese contenido en los boletines.

Recogemos tus datos para gestionar el alta dentro del Servicio...y poco más. Por supuesto, puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, entre otros, según indica nuestra Política de Privacidad.
* campo obligatorio Prefiero iniciar sesión
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-42920)

Anuncio de la Autoridad Portuaria de A Coruña por el que se da publicidad al acuerdo de su Consejo de Administración de aprobación de la renovación de las licencias de carácter provisional para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías en el Puerto de A Coruña.

Universidades.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-42957)

Anuncio de la Facultad de Farmacia de la Universidad de Sevilla sobre extravío de título universitario.

Otros Entes.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-42975)

Anuncio de la Comunidad de Regantes del Canal del Mármol sobre convocatoria de Junta.

¿No has encontrado lo que buscas?
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscar
Si crees que podemos ser de utilidad, comparte Oficius con tus contactos.