Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 03-12-2025
Jefatura Del Estado. . I. Disposiciones generales. Medidas urgentes. (BOE-A-2025-24446)
Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y de las comunidades autónomas, y por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y de las comunidades autónomas, y por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.Núm. 290
Miércoles 3 de diciembre de 2025
Sec. I. Pág. 157601
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
24446
Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas
urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y de
las comunidades autónomas, y por el que se modifica el Real Decreto
1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que
establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas
informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de
empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros
de facturación.
La situación financiera de muchas comunidades autónomas y entidades locales les
ha permitido generar superávit y remanentes de tesorería en estos últimos años. Con
este real decreto-ley se persigue el objetivo de posibilitar que utilicen los recursos
generados para inversiones financieramente sostenibles. Estas medidas contribuirán al
desarrollo de importantes proyectos de interés público.
Por otra parte, el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, introdujo una obligación formal relativa a los sistemas informáticos que
soportan los procesos de facturación, cuyo desarrollo se efectuó mediante el Real
Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que
establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o
electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y
la estandarización de formatos de los registros de facturación. La posterior Orden
HAC/1177/2024, de 17 de octubre, precisó las especificaciones técnicas imprescindibles
para su implementación.
La modificación efectuada por el Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, por el que se
modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas
informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y
profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, respondió
a la necesidad de acompasar la entrada en vigor del reglamento al calendario de
desarrollo técnico y normativo existente. Sin embargo, subsisten circunstancias que
justifican una nueva ampliación del plazo de exigibilidad, motivadas tanto por la
necesaria adecuación de los sistemas informáticos de facturación como por la
conveniencia de garantizar una implantación ordenada y homogénea en el conjunto del
tejido empresarial.
La concurrencia de estas razones constituye circunstancia de extraordinaria y
urgente necesidad, habilitante para acudir al real decreto-ley conforme al artículo 86 de
la Constitución Española.
Adicionalmente, resulta imprescindible mantener el rango reglamentario del Real
Decreto 1007/2023, pese a que su modificación se articule mediante una norma con
rango de ley. A tal efecto, esta disposición incorpora una cláusula expresa, preservando
su naturaleza reglamentaria y evitando alteraciones competenciales o materiales en su
grado jerárquico.
II
Este real decreto-ley consta de una parte expositiva y una parte dispositiva
estructurada en dos artículos y cuatro disposiciones finales.
cve: BOE-A-2025-24446
Verificable en https://www.boe.es
I
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 03-12-2025
Resolución de 26 de noviembre de 2025, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso, convocado por Resolución de 19 de septiembre de 2025, para el Cuerpo de Abogados del Estado.
Decreto de 24 de noviembre de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de Trata de Personas y Extranjería a doña María García Angós.
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Resolución de 20 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de La Veneciana, SA.
Anuncio de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de información pública de procedimiento de extinción del derecho de una concesión de aguas públicas para riego de 1,983 ha y un volumen de 2.975 m3/año con captación en Manantial (Bailén - Guarromán - Linares) en Jabalquinto (Jaén)....
Anuncio de la Comunidad de Regantes de Gestalgar sobre convocatoria a Asamblea General Ordinaria.