Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-12-2025
Comunidad Autónoma de Galicia. . III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-25118)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General del Patrimonio Cultural, de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, por la que se incoa el procedimiento para declarar bien de interés cultural la Chimenea de la central termoeléctrica de As Pontes de García Rodríguez (A Coruña).
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Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General del Patrimonio Cultural, de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, por la que se incoa el procedimiento para declarar bien de interés cultural la Chimenea de la central termoeléctrica de As Pontes de García Rodríguez (A Coruña).Núm. 295
Martes 9 de diciembre de 2025
Sec. III. Pág. 161758
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
25118
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General del Patrimonio
Cultural, de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, por la que se incoa
el procedimiento para declarar bien de interés cultural la Chimenea de la
central termoeléctrica de As Pontes de García Rodríguez (A Coruña).
El 17 de julio de 2003 se redactó en Moscú la Carta de Nizhny Tagil sobre el
patrimonio industrial, promovida por el TICCIH, organización internacional encargada del
patrimonio industrial y asesor especial del ICOMOS en esta materia. El documento
normativiza, a nivel internacional, los logros alcanzados en el campo del patrimonio
mundial hasta el momento. Entre ellos, se establece una definición de esta categoría de
patrimonio específico: el patrimonio industrial se compone de los restos de la cultura
industrial que poseen un valor histórico, tecnológico, social, arquitectónico o científico; y
se establece como período histórico de principal interés el que se extiende desde el
principio de la Revolución industrial, en la segunda parte del siglo XVIII, hasta la
actualidad, esta incluida.
Los conceptos y las ideas de la Carta de Nizhny Tagil se precisaron posteriormente
en los denominados Los principios de Dublín del año 2011, aprobados conjuntamente
por el ICOMOS y por el TICCIH. Entre las concreciones y los avances establecidos en el
documento, resulta de interés destacar la relación que se establece entre el medio
ambiente y el cultural, al exponerse que los procesos industriales, antiguos o modernos,
dependen de los recursos naturales, de la energía o de las vías de comunicación para
producir y distribuir los bienes en el mercado. En este sentido, las centrales térmicas del
norte peninsular se localizan al lado de los yacimientos de carbón de los que se van
alimentando durante la segunda parte del siglo XX para producir electricidad hasta que,
posteriormente, se va sustituyendo por un carbón de importación, de mayor poder
calorífico, a través de los puertos más próximos a la central.
La Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia (DOG núm. 92, de 16
de mayo) (en adelante, LPCG), forma parte del grupo de las denominadas leyes del
patrimonio cultural de segunda generación, en las que se actualizan y se recogen los
nuevos parámetros del patrimonio cultural; un concepto, de base subjetiva y no objetiva,
en continua evolución al depender de los valores que la sociedad del momento le
atribuye y que determinan qué conjunto de bienes hay que proteger y conservar para la
posteridad. En este sentido la LPCG inserta en su regulación, entre los bienes culturales
específicos, los bienes que integran el patrimonio industrial, como una categoría
específica del patrimonio cultural gallego.
En consecuencia, el patrimonio industrial es un concepto regulado jurídicamente
hace muy poco tiempo en Galicia, y en el resto del contexto estatal e internacional,
característica que suele plasmarse en una infrarrepresentación en los registros,
catálogos e inventarios de las diferentes administraciones, compuestos de bienes que se
integran, fundamentalmente, en el patrimonio arquitectónico, etnográfico y arqueológico.
II
La central termoeléctrica de As Pontes constituye un elemento esencial, relevante y
representativo del patrimonio industrial de Galicia, por su contribución al sistema
eléctrico de Galicia y del Estado, a ser la principal productora de electricidad no nuclear
del Estado español durante décadas, así como especialmente, para el vecindario de As
cve: BOE-A-2025-25118
Verificable en https://www.boe.es
I
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 09-12-2025
Decreto de 27 de noviembre de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de Trata de Personas y Extranjería de la Fiscalía Provincial de Guadalajara a doña Margarita Alaiz Gudín.
Resolución de 25 de noviembre de 2025, de la Universidad Francisco de Vitoria, por la que se publica la modificación del plan de estudios de Graduado o Graduada en Bellas Artes.
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LUGO
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de sometimiento a información pública de resolución de otorgamiento de concesión de aguas subterráneas en el término municipal de Daimiel (Ciudad Real) - 10590/2010.
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de sometimiento a información pública de resolución de otorgamiento de concesión de aguas subterráneas en el término municipal de Membrilla (Ciudad Real) -1961/2014.