Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-12-2025
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . I. Disposiciones generales. Dopaje. (BOE-A-2025-25042)
Resolución de 2 de diciembre de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.
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Resolución de 2 de diciembre de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.Núm. 295
Martes 9 de diciembre de 2025
Sec. I. Pág. 161167
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
25042
Resolución de 2 de diciembre de 2025, de la Presidencia del Consejo
Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos
prohibidos en el deporte.
El anexo de la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, de lucha contra el dopaje
en el deporte, establece que la Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos será aprobada
por Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes y publicada en el
«Boletín Oficial del Estado»,
Asimismo, el citado anexo prevé que dicha publicación se realizará de acuerdo con
los compromisos internacionales asumidos por España, y, en particular, de la
Convención Antidopaje de la UNESCO, en la que constan todas las sustancias y los
métodos que están prohibidos en el deporte y cuyo consumo o utilización pueden dar
lugar a una sanción por dopaje.
De acuerdo con el procedimiento específico del artículo 34 de la Convención
Internacional contra el dopaje en el deporte, hecho en París el 18 de noviembre de 2005
(publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 16 de febrero de 2007), la Conferencia
de las Partes de la Convención ha aprobado la modificación al anexo I, la lista de
sustancias y métodos prohibidos en el deporte.
En consecuencia, con el fin de adecuar la anterior Lista de sustancias y métodos
prohibidos en el deporte, aprobada por Resolución de 27 de noviembre de 2024, de
la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, a la lista adoptada en el seno de la
Convención Internacional contra el dopaje en el deporte de la UNESCO, este
Consejo Superior de Deportes resuelve aprobar la lista de sustancias y métodos
prohibidos en el deporte, contenida en el anexo de la presente resolución.
Esta resolución será de aplicación a los procedimientos de control de dopaje en
el deporte que se realicen en las competiciones oficiales de ámbito estatal o, fuera
de ellas, a los deportistas con licencia para participar en dichas competiciones. La
anterior lista, aprobada por Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la
Presidencia del Consejo Superior de Deportes, queda derogada; manteniéndose la
vigencia del anexo II, Sustancias y métodos prohibidos en galgos, y del anexo III,
Sustancias y procedimientos prohibidos en competiciones hípicas, de la Resolución
de 20 de diciembre de 2013 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes.
cve: BOE-A-2025-25042
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 2 de diciembre de 2025.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes,
José Manuel Rodríguez Uribes.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 09-12-2025
Circular 2/2025, de 7 de noviembre, de la Fiscalía General del Estado, sobre la audiencia preliminar del procedimiento abreviado.
VILLAJOYOSA/VILA JOIOSA (LA)
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