Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 16-12-2025
Comunidad Autónoma Del Principado de Asturias. . I. Disposiciones generales. Tributos. (BOE-A-2025-25707)
Ley del Principado de Asturias 3/2025, de 19 de noviembre, de modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de Tributos Cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre.
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Ley del Principado de Asturias 3/2025, de 19 de noviembre, de modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de Tributos Cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre.Núm. 301
Martes 16 de diciembre de 2025
Sec. I. Pág. 166057
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
25707
Ley del Principado de Asturias 3/2025, de 19 de noviembre, de modificación
del Texto Refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias
en materia de Tributos Cedidos por el Estado, aprobado por Decreto
Legislativo 2/2014, de 22 de octubre.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en
nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del
Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley
del Principado de Asturias de modificación del Texto Refundido de las disposiciones
legales del Principado de Asturias en materia de Tributos Cedidos por el Estado,
aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre (12/0142/0010/17092).
1. El Principado de Asturias lleva años desarrollando lo que se ha denominado la
«vía fiscal asturiana», una política tributaria basada en utilizar las competencias
normativas de las comunidades autónomas en materia tributaria para profundizar en la
progresividad del sistema fiscal, para hacerlo más justo y considerando el cumplimiento
del principio de suficiencia para el sostenimiento de los gastos públicos. Se trata, por
tanto, de una política tributaria orientada a las clases medias y trabajadoras, que incide
en las necesidades de los contribuyentes asturianos complementando los beneficios
fiscales ya definidos en la normativa estatal y que acompaña a las restantes políticas de
gasto que viene desarrollando el Gobierno; todo ello, respetando los principios tributarios
básicos y, en concreto, atendiendo a los principios de capacidad fiscal, progresividad,
justicia, igualdad y suficiencia.
2. Este marco fiscal se ha ido mejorando y adaptando a las necesidades que han
ido surgiendo desde el ejercicio 2019. Así, la normativa tributaria autonómica se va
modificando en función de la información disponible con el fin de mejorar en eficiencia y
eficacia, introduciendo nuevas medidas ante las nuevas realidades socioeconómicas que
van surgiendo.
3. A finales del ejercicio 2024, el Principado de Asturias recibió información
estadística y de detalle del impacto de las medidas fiscales vigentes en el ejercicio 2022.
Disponer de un ejercicio no afectado por las extraordinarias circunstancias motivadas por
la pandemia de la COVID ha permitido realizar un análisis de impacto de mayor fiabilidad
respecto a los que se venían realizando hasta esa fecha.
4. A la vista de todo ello, a lo largo del presente ejercicio 2025, el Gobierno ha
venido trabajando técnicamente en posibilidades de mejora de las medidas fiscales
aplicables, en particular en lo que respecta al impuesto sobre la renta de las personas
físicas, nuevamente con el fin de mejorar la progresividad del impuesto concentrando los
beneficios tributarios en las clases medias y trabajadoras y cuyo umbral de renta se sitúa
en el entorno de los 35.000 euros, franja que suma el 80 % de los contribuyentes por
este impuesto.
5. Teniendo en cuenta todo ello, y dentro del marco de la vía fiscal asturiana, un
modelo que, como se ha indicado, consiste en utilizar las competencias autonómicas en
materia tributaria para mejorar la progresividad fiscal y, por tanto, tener un sistema
tributario más justo, garantizando siempre la suficiencia de ingresos para mejorar el
estado del bienestar y potenciar la inversión productiva, se plantea en primer lugar una
cve: BOE-A-2025-25707
Verificable en https://www.boe.es
PREÁMBULO
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 16-12-2025
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Resolución de 9 de diciembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Almería, para la creación de la Cátedra de Memoria Democrática de la Universidad.
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