Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 16-12-2025
Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Formación para el empleo. (BOE-A-2025-25790)
Resolución de 25 de noviembre de 2025, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen determinadas medidas en materia de formación en el trabajo, para la iniciativa de formación programada por las empresas en el ejercicio 2026.
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Resolución de 25 de noviembre de 2025, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen determinadas medidas en materia de formación en el trabajo, para la iniciativa de formación programada por las empresas en el ejercicio 2026.Núm. 301
Martes 16 de diciembre de 2025
Sec. III. Pág. 166828
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución de 25 de noviembre de 2025, del Servicio Público de Empleo
Estatal, por la que se establecen determinadas medidas en materia de
formación en el trabajo, para la iniciativa de formación programada por las
empresas en el ejercicio 2026.
Mediante la Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal,
se establecieron, en su ámbito de gestión, un conjunto de medidas extraordinarias en
materia de formación en el trabajo, dirigidas a la utilización de nuevos métodos en la
impartición de la formación, especialmente aquellos basados en el uso de medios
electrónicos. Tales medidas han demostrado su eficacia y efectos favorables en pro de la
preservación del tejido empresarial y de la protección de las personas trabajadoras, así
como de la recualificación profesional y la mejora de sus condiciones laborales.
La utilidad mostrada por medidas como el uso del aula virtual, incluyendo el sistema
de formación bimodal o «aula espejo» o la reducción de los plazos en las
comunicaciones de inicio, en la formación programada por las empresas, para flexibilizar
y facilitar la ejecución de la formación de los trabajadores y trabajadoras y mejorar la
productividad y competitividad de las empresas, ha dado lugar a la prórroga de dichas
medidas para los ejercicios subsiguientes, mediante resoluciones del Servicio Público de
Empleo Estatal, por las que se establecen, en su ámbito de gestión, determinadas
medidas en materia de formación en el trabajo, para la iniciativa de formación
programada por las empresas. Por ello, la eficacia y utilidad de estas medidas hace
necesario mantener su aplicación.
La formación en el trabajo tiene un papel esencial en la articulación de los cambios
que deben producirse en el modelo productivo para situar a España en una senda
sostenible de crecimiento y generar empleos estables y de calidad. Para ello, el sistema
de formación en el trabajo debe anticiparse a las necesidades del tejido productivo y
constituir un apoyo a la capacidad innovadora y competitiva de la empresa, a partir de
unos recursos humanos de calidad.
En este sentido, la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, contempla en el marco
de las políticas activas de empleo, la formación en el trabajo. Estableciendo, en este
sentido, como uno de los principales fines del sistema de formación en el trabajo, la
mejora de las competencias profesionales de las personas trabajadoras, en concreto las
competencias digitales, que inciden en su desarrollo profesional y personal. Además, la
citada ley prevé en su preámbulo que deberá facilitarse la prestación de los servicios de
la Cartera Común, a través de medios electrónicos y digitales a las personas, empresas
y demás entidades empleadoras usuarias, ofreciendo una cartera digital de servicios,
como alternativa adicional y accesoria a la atención presencial personalizada e inclusiva,
entre los que se incluyen los servicios de formación en el trabajo.
Por su parte, la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028, aprobada
mediante Real Decreto 633/2025, de 15 de julio, reconoce como uno de sus objetivos
operativos (Objetivo 1.2) el de proporcionar servicios de formación en el trabajo que logren
la ampliación y mejora de las cualificaciones, competencias, habilidades y empleabilidad de
personas desempleadas y ocupadas, siendo una de las medidas previstas a tal fin la de
diseñar y poner en marcha itinerarios formativos dirigidos a toda la población trabajadora
para la adquisición de competencias digitales y para la adquisición de competencias en
sostenibilidad, que posibiliten la recualificación profesional y la capacitación en nuevas
competencias demandadas por sectores emergentes (tecnologías digitales, economía
verde, industria 4.0, reciclado de residuos, economía circular, etc.). Asimismo, el objetivo
operativo 5.2 prevé promover la digitalización del Sistema Nacional de Empleo y el
cve: BOE-A-2025-25790
Verificable en https://www.boe.es
25790
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 16-12-2025
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