Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 16-12-2025
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. . I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-25706)
Resolución de 9 de diciembre de 2025, del Instituto Social de la Marina, por la que se modifica la de 7 de diciembre de 2022, por la que se establece el ámbito territorial y competencial de sus direcciones provinciales.
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Resolución de 9 de diciembre de 2025, del Instituto Social de la Marina, por la que se modifica la de 7 de diciembre de 2022, por la que se establece el ámbito territorial y competencial de sus direcciones provinciales.Núm. 301
Martes 16 de diciembre de 2025
Sec. I. Pág. 166055
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
25706
Resolución de 9 de diciembre de 2025, del Instituto Social de la Marina, por la
que se modifica la de 7 de diciembre de 2022, por la que se establece el
ámbito territorial y competencial de sus direcciones provinciales.
La estructura periférica del Instituto Social de la Marina ha sufrido distintas
modificaciones a partir de la Ley de 18 de octubre de 1941, por la que se reorganiza
el Instituto Social de la Marina, hasta alcanzar su actual organización periférica en
direcciones provinciales. En lo que se refiere al ámbito competencial de las
direcciones provinciales también se ha ido modificando con la finalidad de mejorar la
eficacia en la actuación de la entidad en el desarrollo de sus funciones.
En la actualidad, el ámbito territorial y competencial de las citadas direcciones
provinciales se recoge en la Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Instituto Social
de la Marina, por la que se establece el ámbito competencial y territorial de sus
direcciones provinciales.
La citada Resolución determina, en su resuelve tercero que las direcciones
provinciales ejercerán sus funciones en el ámbito territorial de actuación que se
establece para cada una de ellas en el resuelve segundo con una serie de excepciones
para determinadas materias, siendo una de estas excepciones la que afecta a la
materia de pensiones reconocidas al amparo de los Reglamentos Comunitarios (CE)
núm. 883/2004 y núm. 987/2009, o sus anteriores Reglamentos Comunitarios (CEE)
núm. 1408/1971 y núm. 574/1972.
En aras de mejorar la agilidad en la ejecución de los procedimientos de gestión en
esta materia se considera necesario proceder a una nueva modificación del ámbito
competencial de algunas de las direcciones provinciales del Instituto.
Por lo expuesto, en virtud de las competencias que le atribuye el Real
Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social
de la Marina,
Esta Dirección, resuelve:
Primero. Modificación de la Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Instituto Social
de la Marina, por la que se establece el ámbito territorial y competencial de sus
direcciones provinciales.
«2. En materia de pensiones reconocidas al amparo de los Reglamentos
Comunitarios (CE) núm. 883/2004 y núm. 987/2009, o sus anteriores Reglamentos
Comunitarios (CEE) núm. 1408/1971 y núm. 574/1972, la competencia para el
trámite y resolución de todos los expedientes, independientemente de cuál sea el
lugar de presentación de la solicitud, el del domicilio del interesado o el lugar
donde se haya realizado la última actividad laboral en España, corresponde a las
cve: BOE-A-2025-25706
Verificable en https://www.boe.es
El apartado 2 del resuelve tercero de la Resolución de 7 de diciembre de 2022, del
Instituto Social de la Marina, por la que se establece el ámbito territorial y competencial
de sus direcciones provinciales, queda redactado de la siguiente manera:
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