Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 20-12-2025
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-26192)
Resolución de 15 de diciembre de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, sobre delegación de competencias.
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Resolución de 15 de diciembre de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, sobre delegación de competencias.Núm. 305
Sábado 20 de diciembre de 2025
Sec. III. Pág. 170264
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
26192
Resolución de 15 de diciembre de 2025, de la Presidencia del Consejo
Superior de Deportes, sobre delegación de competencias.
El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, ha creado el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, y dispone que le corresponda la propuesta y ejecución de la
política del Gobierno en materia de deporte.
El Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes,
contempla, en su artículo 1.4, la existencia del Consejo Superior de Deportes y
determina las competencias que se le atribuyen.
A su vez, el artículo 5.2 del Estatuto del Consejo Superior de Deportes, aprobado por
el Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, recoge las competencias que se atribuyen
específicamente a la Presidencia del Consejo Superior de Deportes.
Por otra parte, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, dedica su artículo 9 al régimen general de la delegación de competencias de las
Administraciones Públicas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no
sean jerárquicamente dependientes, o en los organismos públicos o entidades de
derecho público vinculadas o dependientes de aquellas, determinando el régimen
aplicable al ámbito de la Administración General del Estado.
Finalmente, la Orden EFD/335/2025, de 3 de abril, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias
deja fuera de su ámbito de aplicación la Resolución de la Presidencia del Organismo,
de 17 de mayo de 2021, de delegación de competencias y, en el mismo sentido, señala
en su disposición adicional única que la delegación de las competencias de la persona
titular de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, ya le estén atribuidas por el
mencionado Estatuto, ya por otras normas, y objeto de actual delegación por la
resolución citada, se regirá por dichas normas, o por las que las sustituyan.
La presente resolución ha sido sometida a informe de la Abogacía del Estado y de la
Intervención Delegada en el organismo autónomo.
En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo:
Primero.
a) La aprobación y compromiso de gasto, en relación con los créditos del
presupuesto del organismo, hasta el límite de 2.000.000 de euros.
b) Las facultades de contratación del organismo, hasta el límite de 2.000.000 de
euros de valor estimado de los contratos.
c) La celebración de convenios de colaboración con corporaciones locales, centros
universitarios, federaciones deportivas, clubes deportivos, agrupaciones deportivas y
otras entidades públicas y privadas, con excepción de aquellos que se suscriban con
Comunidades y Ciudades Autónomas, así como de Protocolos generales de actuación e
cve: BOE-A-2025-26192
Verificable en https://www.boe.es
La persona titular de la Dirección General de Deportes ejercerá, por delegación de la
persona titular de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, las competencias
siguientes:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 20-12-2025
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