Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 23-12-2025

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Boletín Oficial del Estado
23/12/2025

Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-26362)

Orden PJC/1502/2025, de 18 de diciembre, por la que se corrigen errores en la Orden PJC/1227/2025, de 30 de octubre, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden PJC/864/2025, de 4 de agosto, para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

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Orden PJC/1502/2025, de 18 de diciembre, por la que se corrigen errores en la Orden PJC/1227/2025, de 30 de octubre, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden PJC/864/2025, de 4 de agosto, para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Martes 23 de diciembre de 2025

Sec. II.A. Pág. 173871

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
26362

Orden PJC/1502/2025, de 18 de diciembre, por la que se corrigen errores en
la Orden PJC/1227/2025, de 30 de octubre, por la que se resuelve el
concurso específico, convocado por Orden PJC/864/2025, de 4 de agosto,
para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

Advertido error en la Orden PJC/1227/2025, de 30 de octubre (BOE 3 de noviembre
de 2025), por la que se resuelve el concurso específico de méritos convocado por Orden
PJC/864/2025, de 4 de agosto (BOE 8 de agosto de 2025), para el Cuerpo de Letrados
de la Administración de Justicia.
Donde dice:
«Segundo.
La toma de posesión será el 31 de diciembre de 2025 y la del cese deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles anteriores.»
Debe decir:
«Segundo.
La toma de posesión será el 31 de diciembre de 2025 y la del cese en los actuales
destinos deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles anteriores, excepto en
aquellos partidos judiciales en los que la implantación de la oficina judicial se realice con
posterioridad, en cuyo caso se producirán el día indicado por la administración
competente para el inicio de su actividad.»

Madrid, 18 de diciembre de 2025.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Secretaria General
para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-26362
Verificable en https://www.boe.es

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín
Oficial del Estado. Todo ello sin perjuicio de la interposición de recurso potestativo de
reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.

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