Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-12-2025
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Sector vitivinícola. (BOE-A-2025-26827)
Resolución de 12 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se aprueban las limitaciones a las autorizaciones de nuevas plantaciones y las restricciones de autorizaciones de replantación en la Denominación de Origen Protegida Cava para 2026, 2027 y 2028, y se publican las decisiones adoptadas en 2025 por las comunidades autónomas sobre las recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación y de restricciones a las autorizaciones de replantación en el ámbito de las Denominaciones de Origen Protegidas que se ubiquen en su territorio para 2026.
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Resolución de 12 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se aprueban las limitaciones a las autorizaciones de nuevas plantaciones y las restricciones de autorizaciones de replantación en la Denominación de Origen Protegida Cava para 2026, 2027 y 2028, y se publican las decisiones adoptadas en 2025 por las comunidades autónomas sobre las recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación y de restricciones a las autorizaciones de replantación en el ámbito de las Denominaciones de Origen Protegidas que se ubiquen en su territorio para 2026.Núm. 312
Sábado 27 de diciembre de 2025
Sec. III. Pág. 177014
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Resolución de 12 de diciembre de 2025, de la Dirección General de
Producciones y Mercados Agrarios, por la que se aprueban las limitaciones a
las autorizaciones de nuevas plantaciones y las restricciones de
autorizaciones de replantación en la Denominación de Origen Protegida Cava
para 2026, 2027 y 2028, y se publican las decisiones adoptadas en 2025 por
las comunidades autónomas sobre las recomendaciones de limitación de
autorizaciones de nueva plantación y de restricciones a las autorizaciones de
replantación en el ámbito de las Denominaciones de Origen Protegidas que
se ubiquen en su territorio para 2026.
El artículo 6.2 del Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el
potencial de producción vitícola, prevé que se podrá limitar, pero no prohibir, la superficie
disponible para autorizaciones en la zona geográfica delimitada de una denominación de
origen protegida.
La determinación de la cuestión anterior, conforme al apartado 3 del mismo artículo,
deberá tener en cuenta los motivos recogidos en el artículo 63.3 del Reglamento (UE)
núm. 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que
se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se
derogan los Reglamentos (CEE) núm. 922/72, (CEE) núm. 234/79, (CE) núm. 1037/2001
y (CE) núm. 1234/2007, y deberá basarse en un análisis de las perspectivas de
mercado, la previsión del impacto de las nuevas superficies que van a entrar en
producción y de los derechos de plantación y autorizaciones concedidas todavía sin
ejercer, y las recomendaciones de las organizaciones profesionales representativas
recibidas.
Por otra parte, de acuerdo al artículo 6 del Reglamento Delegado (UE) 2018/273 de
la Comisión, de 11 diciembre de 2017, se establece en el artículo 17 del Real
Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, que se podrán restringir las replantaciones de
viñedo si la superficie a replantar puede optar para la producción de vinos con una
Denominación de Origen Protegida (DOP) donde se ha aplicado una limitación de
concesión a las nuevas plantaciones de acuerdo al artículo 7, y para la que se ha
realizado una recomendación de acuerdo al artículo 18.
Dentro de dicho marco, el artículo 7.1 y el artículo 18 del mencionado Real
Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, disponen que podrán realizar recomendaciones
sobre el artículo 6.2 y sobre el artículo 17, las organizaciones interprofesionales que
operen en el sector vitivinícola reconocidas de acuerdo al artículo 157 Reglamento (UE)
núm. 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, además de
las que estén reconocidas de acuerdo a la legislación nacional y autonómica, así como
los órganos de gestión de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOPs).
Asimismo, los artículos 7 y 18 del mencionado Real Decreto 1338/2018, de 29 de
octubre, disponen, por un lado, que, sobre las recomendaciones presentadas, relativas al
ámbito de una DOP supraautonómica decidirá el órgano competente del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, a cuyo efecto se han recibido las recomendaciones
del Consejo Regulador de DOP «Cava».
Por otro lado, los artículos 7 y 18 del mencionado Real Decreto 1338/2018, de 29 de
octubre, disponen que el órgano competente de la comunidad autónoma decidirá sobre
las recomendaciones recibidas de la DOP cuya zona geográfica delimitada se ubique
totalmente en su territorio, y, a más tardar del 20 de noviembre de ese año, éste remitirá
cve: BOE-A-2025-26827
Verificable en https://www.boe.es
26827
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 27-12-2025
Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Talleres Ecoauto Electromecánica, SL, para el desarrollo de estancias formativas del Instituto de Enseñanza Secundaria Almina de Ceuta.
Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Caldererías Indálicas, SL, para el desarrollo de estancias formativas del Instituto de Educación Secundaria Leopoldo Queipo de Melilla.
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Resolución de 15 de diciembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Eivissa, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en La Marina,...
MALAGA
SEVILLA