Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 29-12-2025

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Boletín Oficial del Estado
29/12/2025

Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-26942)

Resolución de 30 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación realizada por el registrador de la propiedad accidental de A Coruña n.º 4, por la que suspende la solicitud expresa, tras el fallecimiento de la titular registral, de la rectificación del carácter con que consta inscrita una finca, pretendiendo que se modifique el carácter de privativa a ganancial.

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Contenido de la primera página

Resolución de 30 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación realizada por el registrador de la propiedad accidental de A Coruña n.º 4, por la que suspende la solicitud expresa, tras el fallecimiento de la titular registral, de la rectificación del carácter con que consta inscrita una finca, pretendiendo que se modifique el carácter de privativa a ganancial.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Lunes 29 de diciembre de 2025

Sec. III. Pág. 178156

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
26942

Resolución de 30 de septiembre de 2025, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la
calificación realizada por el registrador de la propiedad accidental de A
Coruña n.º 4, por la que suspende la solicitud expresa, tras el fallecimiento de
la titular registral, de la rectificación del carácter con que consta inscrita una
finca, pretendiendo que se modifique el carácter de privativa a ganancial.

En el recurso interpuesto por doña M. M. F. L., abogada, en nombre y representación
de don R. C. P., contra la calificación realizada por el registrador de la Propiedad
accidental de A Coruña número 4, don Luis López Iglesias, por la que suspende la
solicitud expresa, tras el fallecimiento de la titular registral, de la rectificación del carácter
con que consta inscrita una finca, pretendiendo que se modifique el carácter de privativa
a ganancial, aportando certificación del Registro Civil que acredita que la fallecida y
titular registral de la finca estaba casada con el recurrente al tiempo de la compra, así
como certificado de defunción y del Registro General de Actos de última Voluntad y copia
autorizada del testamento de la fallecida.
Hechos

Mediante instancia suscrita por don R. C. P, éste exponía que la titular registral de
una finca había fallecido, acreditaba ser el heredero fiduciario con facultad de vender la
finca en caso de necesidad para atender gastos relacionados con su salud y que se
designó fideicomisaria a cierta fundación, y solicitaba la rectificación del carácter
privativo con que estaba inscrita la finca.
Aportaba certificación del Registro Civil Central acreditando que la titular registral y
don R. C. P. habían contraído matrimonio en fecha anterior al otorgamiento de la
escritura de compra, en la cual la titular registral manifestaba, sin embargo, que era
divorciada; del testamento de la titular resultaba la manifestación de la misma acerca de
que estaba divorciada de su primer matrimonio, y que reconocía que había celebrado
una ceremonia matrimonial religiosa en Brasil con don R. C. P., con el cual llevaba
conviviendo más de cuarenta años. La certificación del Registro Civil Central acreditaba
la inscripción en el año 2020 del matrimonio el cual fue celebrado en Copacabana,
Brasil, en el año 1992. Don R. C. P. solicitaba que se rectificase el carácter privativo de la
finca, pasando a ser ganancial, amparándose en la evidencia del hecho objetivo del
matrimonio existente en la fecha de la compra entre el mismo y la titular registral.
Alegaba, asimismo, el carácter ganancial que había de tener la adquisición, habida
cuenta de la vecindad civil gallega de ambos contrayentes en la fecha de celebración del
matrimonio, y la ausencia de capítulos pactados.
II
Presentada el día 25 de abril de 2025 dicha documentación en el Registro de la
Propiedad de A Coruña número 4, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«La instancia suscrita el veinticinco de abril de dos mil veinticinco con R. C. P., cuya
firma fue puesta en mi presencia, tuvo entrada físicamente en este Registro siendo

cve: BOE-A-2025-26942
Verificable en https://www.boe.es

I

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