Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 31-12-2025
Comunidad Autónoma de Las Illes Balears. . III. Otras disposiciones. Indicaciones geográficas protegidas. (BOE-A-2025-27213)
Orden 34/2025, de 15 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, por la que se modifica la Orden de 6 de noviembre de 2013, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, por la que se aprueba el pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida Mallorca.
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Orden 34/2025, de 15 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, por la que se modifica la Orden de 6 de noviembre de 2013, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, por la que se aprueba el pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida Mallorca.Núm. 315
Miércoles 31 de diciembre de 2025
Sec. III. Pág. 181329
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
27213
Orden 34/2025, de 15 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Pesca y
Medio Natural, por la que se modifica la Orden de 6 de noviembre de 2013,
de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, por la que se
aprueba el pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida
Mallorca.
PREÁMBULO
I
El 30 de noviembre de 2013 se publicó en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» la
orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 6 de noviembre
de 2013 por la que se aprueba el pliego de condiciones de la Indicación Geográfica
Protegida (IGP) Mallorca.
El 12 de agosto de 2025 el Consejo Regulador del Vino de la Tierra de Mallorca
presentó una solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Indicación
Geográfica Protegida Mallorca, dónde se propuso autorizar tres variedades nuevas de
uva para vinificación, así como modificar la descripción del color de los vinos tintos.
El 21 de agosto de 2025 se publicó una resolución de la Dirección General de
Calidad Agroalimentaria y Producto Local en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE),
mediante la cual se daba publicidad a la solicitud de tramitación de la modificación del
pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida Mallorca y, además, se
establecía un plazo de dos meses para presentar declaraciones de oposición, en el que
no se presentó ninguna.
Las modificaciones propuestas para los vinos con IGP Mallorca se corresponden con
modificaciones normales, definidas en el artículo 24 del Reglamento (UE) 2024/1143 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones
geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como
especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para
productos agrícolas por el que se modifican los Reglamentos (UE) 1308/2013, (UE)
2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) 1151/2012.
En el ámbito autonómico, el artículo 30.43 del Estatuto de autonomía de las Illes
Balears, aprobado mediante Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, establece que la
Comunidad Autónoma tiene la competencia exclusiva en materia de denominaciones de
origen y otras indicaciones de procedencia relativas a los productos de la Comunidad
Autónoma, título competencial que legitima la modificación de esta norma, según lo
establecido en el artículo 58.1 del Estatuto.
El artículo 132 de la Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Illes Balears, regula
las indicaciones geográficas protegidas. En este sentido, establece que deben tener un
pliego de condiciones o reglamento, que ya se aprobó mediante la orden del Consejero
de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 6 de noviembre de 2013 por la que se
aprueba el pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida Mallorca.
Las modificaciones normales, así como la comunicación de las mismas, se regulan
en el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril
de 2024, y en el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el
procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones
cve: BOE-A-2025-27213
Verificable en https://www.boe.es
II
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 31-12-2025
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