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Boletín Oficial del Estado
01/01/2026

Ministerio de Sanidad. . I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2026-1)

Orden SND/1562/2025, de 22 de diciembre, por la que se regula la composición, funciones y régimen de funcionamiento del Comité de Integridad y Antifraude.

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Orden SND/1562/2025, de 22 de diciembre, por la que se regula la composición, funciones y régimen de funcionamiento del Comité de Integridad y Antifraude.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Jueves 1 de enero de 2026

Sec. I. Pág. 1

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE SANIDAD
Orden SND/1562/2025, de 22 de diciembre, por la que se regula la
composición, funciones y régimen de funcionamiento del Comité de
Integridad y Antifraude.

El Ministerio de Sanidad viene trabajando en los últimos años en la implementación
de una efectiva política de integridad tanto dentro del Departamento y entidades
adscritas, como en el conjunto del Sistema Nacional de Salud.
Como beneficiario de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
(MRR), establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, para la protección de los intereses financieros de
la Unión Europea, y en cumplimiento de la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, mediante Resolución de la Subsecretaría de 12 de abril de 2022 el
Ministerio de Sanidad aprobó un Plan de Medidas Antifraude, que le permite asegurar el
cumplimiento de la normativa y el uso correcto de esos fondos.
El Plan pone a disposición de funcionarios y proveedores el Canal interno de
información, con medidas para facilitar la protección del informante y crea el Comité
Antifraude del Ministerio. Además, incluye, en su anexo I, la declaración contra el fraude
firmada por la persona titular de la Subsecretaría, así como un Código de Conducta en
su anexo II, que posteriormente se ha aprobado de manera independiente para aplicarse
a toda la actividad del Ministerio y no solo en el ámbito del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
El 26 de abril de 2024 se alcanza un hito en la lucha contra la corrupción creándose,
por orden ministerial, el Observatorio contra el Fraude y la Corrupción Sanitaria como
órgano específico al que se le encomienda el diseño, desarrollo y seguimiento de todas
las acciones planteadas en el Plan Estratégico contra el Fraude y la Corrupción en el
ámbito sanitario.
Hay que destacar, asimismo, la Declaración Institucional de la ministra de Sanidad
de 9 de diciembre de 2024, de compromiso contra la corrupción, que se adhiere a los
más estrictos principios de objetividad e integridad.
Se aprueba, además, el 12 de mayo de 2025 el Código Ético y de Conducta
del Ministerio de Sanidad, de forma independiente y se pone a disposición de todos los
empleados y empleadas, así como altos cargos del Departamento.
Por todo ello, dado el impulso que está adquiriendo el Sistema de Integridad del
Departamento, y alineado con lo establecido en el Sistema de Integridad de la
Administración General del Estado (SIAGE), aprobado el 7 de marzo de 2023 por la
Comisión Coordinadora de las Inspecciones Generales de Servicios de los
departamentos ministeriales y posteriormente mediante acuerdo de Consejo de Ministros
de 28 de enero de 2025, se ha considerado necesario que el Comité Antifraude se
convierta en el Comité de Integridad y Antifraude del Ministerio de Sanidad, cuya
composición, funciones, y régimen de funcionamiento, son objeto de regulación por la
presente orden ministerial.
La constitución y el funcionamiento del Comité serán atendidos con los medios
materiales y personales del Departamento ministerial, por lo que su actuación no
supondrá gastos adicionales a los previstos en las dotaciones presupuestarias del mismo
ni incremento de gasto público.
Esta orden se adecua a los principios de buena regulación establecidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En virtud de los principios de necesidad y eficacia, la

cve: BOE-A-2026-1
Verificable en https://www.boe.es

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