Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 01-01-2026
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2026-39)
Resolución de 21 de noviembre de 2025, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se actualizan las tarifas máximas del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de practicaje en el Puerto de Palma.
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Resolución de 21 de noviembre de 2025, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se actualizan las tarifas máximas del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de practicaje en el Puerto de Palma.Núm. 1
Jueves 1 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 126
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
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Resolución de 21 de noviembre de 2025, de la Autoridad Portuaria de
Baleares, por la que se actualizan las tarifas máximas del Pliego de
prescripciones particulares del servicio portuario de practicaje en el Puerto de
Palma.
El Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares, en fecha 20 de noviembre de 2025
en el ejercicio de la facultad delegada por acuerdo del Consejo de Administración de
fecha 21 de julio de 2025, para la aprobación de futuras actualizaciones de tarifas
máximas, como consecuencia de la revisión periódica no predeterminada por variación
de costes, que sean solicitadas para los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y La
Savina, y cumplan con los requisitos exigidos y criterios establecidos en los Pliegos
de Prescripciones Particulares de los servicios portuarios, adoptó la siguiente resolución:
«Aprobar la actualización de tarifas máximas del Pliego de Prescripciones
Particulares del servicio portuario de practicaje en el puerto de Palma, como
consecuencia de la revisión periódica no predeterminada por variación de costes
contemplada en la Prescripción 20.ª apartado d, resultando los cuadros actualizados de
tarifas máximas que se anexan. Dicha actualización entrará en vigor al día siguiente de
su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que lo dictó, en el
plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos
meses desde el día siguiente a la notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso
o acción que se estime procedente».
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 113.5 del Real Decreto Legislativo 2/2011,
de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Puertos
del Estado y de la Marina Mercante, los Pliegos de Prescripciones Particulares, así como
los acuerdos de aprobación y modificación deberán ser publicados en el «Boletín Oficial
del Estado» y se encontrarán a disposición de los interesados en las oficinas de
las Autoridades Portuarias en formato físico y electrónico.
El texto íntegro de las mencionadas tarifas se encuentra disponible en la página web
de la Autoridad Portuaria de Baleares:
https://seu.portsdebalears.gob.es/seuapb/fitxa/4721/tarifas-servicios-portuarios.
cve: BOE-A-2026-39
Verificable en https://www.boe.es
Palma, 21 de noviembre de 2025.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de
Baleares, José Javier Sanz Fernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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