Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 03-01-2026
Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Patrimonio histórico. (BOE-A-2026-230)
Orden CLT/1576/2025, de 18 de diciembre, por la que se otorga la garantía del Estado a doce obras para su exhibición en la exposición permanente del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza.
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Orden CLT/1576/2025, de 18 de diciembre, por la que se otorga la garantía del Estado a doce obras para su exhibición en la exposición permanente del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza.Núm. 3
Sábado 3 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 1318
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
230
Orden CLT/1576/2025, de 18 de diciembre, por la que se otorga la garantía
del Estado a doce obras para su exhibición en la exposición permanente del
Museo Nacional Thyssen-Bornemisza.
A petición de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza.
De conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de
noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado
para obras de interés cultural.
Vistos el acuerdo favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de
Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del 16 de
octubre de 2025, y los informes favorables de la Abogacía del Estado del Ministerio de
Cultura emitido con fecha del 20 de noviembre de 2025, y de la Subdirección General de
la Oficina Presupuestaria con fecha del 2 de diciembre de 2025, y una vez fiscalizado de
conformidad por la Intervención Delegada en el Departamento.
De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y
Bellas Artes formulada el 3 de diciembre de 2025, en cumplimiento del artículo 3 del Real
Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, dispongo:
Primero.
Otorgamiento de la garantía del Estado.
Otorgar la garantía del Estado a las 12 obras que figuran en la solicitud de la institución y
en el anexo de esta orden con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan.
Segundo.
Objeto.
1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o
daño de las obras que figuran en el anexo de esta orden, de acuerdo con el valor y las
condiciones expresadas en la solicitud de la institución.
2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser
comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura por la institución solicitante,
siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en
relación con el término alterado.
Cobertura de la garantía del Estado.
1. La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a las 12 obras que figuran
en la solicitud de la institución y se describen en el anexo de esta orden, a los efectos de
su exhibición en el ámbito de la exposición permanente del Museo Nacional ThyssenBornemisza, con sede en el Paseo del Prado 8, CP 28014 de Madrid, desde el 1 de
enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026.
2. El valor económico total de las obras cubiertas por la garantía del Estado
asciende a trece millones quinientos cinco mil euros (13.505.000,00 €). A los efectos de
esta orden, se considerará que el valor individual de las obras es el que figura en la
solicitud de garantía del Estado.
3. Las cantidades no cubiertas por la garantía del Estado, según lo dispuesto en el
artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla la
disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español, sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, deberán ser
aseguradas por la institución solicitante de la garantía o los cedentes de las obras.
cve: BOE-A-2026-230
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 03-01-2026
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