Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 05-01-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-297)
Resolución de 22 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Valencia n.º 3, por la que se suspende la inscripción de una escritura de cambio de uso y división en régimen de propiedad horizontal.
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Resolución de 22 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Valencia n.º 3, por la que se suspende la inscripción de una escritura de cambio de uso y división en régimen de propiedad horizontal.Núm. 4
Lunes 5 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 1582
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
297
Resolución de 22 de septiembre de 2025, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación extendida por la registradora de la propiedad de Valencia n.º 3,
por la que se suspende la inscripción de una escritura de cambio de uso y
división en régimen de propiedad horizontal.
En el recurso interpuesto por doña I. S. B. J. contra la nota de calificación extendida
por la registradora de la Propiedad de Valencia número 3, doña Ana María del Castillo
González, por la que se suspende la inscripción de una escritura de cambio de uso y
división en régimen de propiedad horizontal.
Hechos
I
Por el notario de Faura, don José Vicente Blasco Arnandis, se autoriza en fecha 4 de
junio de 2024 escritura pública de cambio de uso y división en régimen de propiedad
horizontal. En dicho título, doña I. S. B. J. expone ser propietaria con carácter privativo
de una finca que se describe como: «Urbana.–Edificio situado en la Vega de Valencia,
partido (…) Con una superficie de ciento cuarenta y dos metros cuadrados y cincuenta
decímetros cuadrados (142,50 m²) (…) Referencia catastral: 9418405YJ2791G0001GB».
La compareciente lleva a cabo una nueva descripción del edificio de acuerdo con
licencia municipal y certificado de arquitecto y lo divide en régimen de propiedad
horizontal formando dos elementos independientes que se describen como
apartamentos turísticos.
Presentada la referida documentación en el Registro de la Propiedad de Valencia
número 3, fue objeto de calificación negativa en fecha 2 de octubre de 2024 que no fue
objeto de recurso.
En fecha 4 de diciembre de 2024. el notario autorizante lleva a cabo una diligencia de
rectificación por la que la otorgante de la escritura pública lleva a cabo una nueva
descripción del edificio, subsana su ubicación e incorpora documentación
complementaria: certificado de final de obra emitido por técnico competente, certificados
de fin de obra en modelo oficial referidos a la planta baja y planta alta, se describe de
nuevo la segunda entidad de la propiedad horizontal, testimonio de la licencia de primera
ocupación y de la comunicación ambiental así como resolución municipal de la que
resulta la corrección de la referencia catastral y certificados de eficiencia energética.
Presentada telemáticamente testimonio de la diligencia de subsanación en fecha 5
de diciembre de 2024, la documentación fue objeto de calificación negativa en fecha 24
de enero de 2025 sin que fuera objeto de recurso.
En fecha 11 de abril de 2025, el notario autorizante lleva a cabo una diligencia de
subsanación por la que incorpora nuevo certificado de fin de obra, informe del
Ayuntamiento de Valencia por el que se acredita el número de policía de la finca, se
llevan a cabo las descripciones de los dos elementos de la propiedad horizontal y se
hace constar que la edificación no está sujeta a ninguna de las actividades establecidas
cve: BOE-A-2026-297
Verificable en https://www.boe.es
II
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