Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-01-2026
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-522)
Resolución de 30 de diciembre de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Manuel Marfil Atienza Abogados, para el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de Ceuta.
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Resolución de 30 de diciembre de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Manuel Marfil Atienza Abogados, para el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de Ceuta.Núm. 8
Viernes 9 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 3608
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
522
Resolución de 30 de diciembre de 2025, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio con Manuel Marfil Atienza Abogados, para
el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación
Profesional n.º 1 de Ceuta.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y Manuel Marfil Atienza
Abogados, han suscrito, con fecha 4 de diciembre de 2025, un Convenio para el desarrollo
de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1, por lo que
conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 30 de diciembre de 2025.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano
Palomo.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
y Manuel Marfil Atienza Abogados para el desarrollo de estancias formativas
REUNIDOS
En Ceuta, a fecha de firma.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y
manifiestan que tienen la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para
suscribir el presente convenio, y
EXPONEN
1.º Que el artículo 42.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), que el
artículo 66.4 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de
la Formación Profesional y que el artículo 9.4 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, regulan la
fase de formación en centros de trabajo de carácter no laboral.
cve: BOE-A-2026-522
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, doña Milagrosa Pérez Granados, con DNI: ***6876**, como Directora
del centro educativo Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1, localizado en la
Ciudad Autónoma de Ceuta, en avenida San Juan de Dios, s/n, CP: 51001, con
CIF: S5100035D, teléfono: 956511037 y e-mail: atencion@cifpceuta.es, actuando en
nombre del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes como
Administración educativa de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla en base a la
delegación de competencias establecida en el artículo 5.8 de la Orden EFD/335/2025,
de 3 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos y de delegación de competencias.
Y, de otra parte, don Manuel Marfil Atienza, con DNI: ***7887**, como Representante
Legal de la empresa o entidad colaboradora: Manuel Marfil Atienza Abogados, localizada
en Ceuta, provincia de Ceuta, con NIF: ***7887**.
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