Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 13-01-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Fundaciones. (BOE-A-2026-717)
Resolución de 10 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Iberoamericana por una Mejor Vejez.
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Resolución de 10 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Iberoamericana por una Mejor Vejez.Núm. 11
Martes 13 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 5564
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
717
Resolución de 10 de diciembre de 2025, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de
Fundaciones la Fundación Iberoamericana por una Mejor Vejez.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la fundación.
La fundación citada fue constituida por don Jaime Alfonso Ramírez Kattan según
resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid Fernando Fernández Medina,
el 13 de marzo de 2025, con el número 609 de protocolo, rectificada por otra otorgada
ante el mismo notario el 15 de octubre de 2025, protocolo 2.268.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la fundación.
El domicilio de la fundación quedó establecido en la calle Don Ramón de la Cruz, 17,
3.º D 28001 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino
de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta y un mil euros (31.000,00 €). La dotación es dineraria y ha
sido desembolsada completamente como se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
1. Promover la autonomía, la dignidad y el bienestar integral de las personas
mayores, con una mirada holística de la vejez que integre salud física, mental, emocional
y social, además de seguridad, educación y espiritualidad.
2. Promoción de la independencia, desarrollo de capacidades y envejecimiento
positivo, procurando retrasar o evitar el deterioro en personas mayores, en situación
de dependencia, discapacidad o afectadas por enfermedades asociadas con el
envejecimiento.
3. Promoción de los derechos sociales de los adultos mayores y fomento de
comunidad para contribuir a la reducción de la soledad no deseada.
4. Promoción de la capacitación o profesionalización de personas que se dediquen
a la prestación de servicios a personas mayores.
Quinto.
Patronos.
Don Jaime Alfonso Ramírez Kattan, doña Carolina del Sagrado Corazón Salinas
Cuadros como patronos natos y don Luis de Ulibarri San Vicente y don Luis Felipe Marín
Viñuela como patronos electivos.
cve: BOE-A-2026-717
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Fines de la fundación.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 13-01-2026
Resolución de 7 de enero de 2026, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Instituto de la Cultura y de las Artes de Sevilla, para la organización conjunta de los conciertos enmarcados en el «XLIII Festival de...
BARCELONA
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
MERIDA
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo de información pública en el expediente de extinción del derecho a un aprovechamiento de 0,98 l/s de aguas a derivar del río tajo, con destino a riego, en el término municipal de Cebolla (Toledo).
Anuncio de la Comunidad de Regantes Agramasón, Benalúa, Palomar y Ceque sobre convocatoria de Junta.