Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 14-01-2026
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Homologaciones. (BOE-B-2026-726)
Anuncio de la Autoridad Portuaria de Barcelona por el que se hace pública la renovación a la sociedad Ecológica Ibérica y Mediterránea, S.A. de la licencia para la prestación del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques de los Anexos I, II, IV, V y VI del Convenio Marpol en el puerto de Barcelona. Exp. 204/2025-SGSJC.
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Anuncio de la Autoridad Portuaria de Barcelona por el que se hace pública la renovación a la sociedad Ecológica Ibérica y Mediterránea, S.A. de la licencia para la prestación del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques de los Anexos I, II, IV, V y VI del Convenio Marpol en el puerto de Barcelona. Exp. 204/2025-SGSJC.Núm. 12
Miércoles 14 de enero de 2026
Sec. V-B. Pág. 1289
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
726
Anuncio de la Autoridad Portuaria de Barcelona por el que se hace
pública la renovación a la sociedad Ecológica Ibérica y Mediterránea,
S.A. de la licencia para la prestación del servicio portuario de recepción
de desechos generados por buques de los Anexos I, II, IV, V y VI del
Convenio Marpol en el puerto de Barcelona. Exp. 204/2025-SGSJC.
El presidente de la Autoridad Portuaria de Barcelona, de conformidad con la
propuesta de la Dirección General y en virtud de la delegación de competencias
acordada por el Consejo de Administración y publicada en el Boletín Oficial del
Estado núm. 81, de 24 de marzo de 2020, mediante Resolución de fecha 23 de
diciembre de 2025 ha acordado renovar a la sociedad Ecológica Ibérica y
Mediterránea, S.A. la licencia de la que es titular para la prestación del servicio
portuario de recepción de desechos generados por buques de los Anexos I, II, IV,
V y VI del Convenio Marpol en el puerto de Barcelona. La licencia se renueva por
el plazo de seis años, fijándose como fecha de vencimiento el próximo 30 de julio
de 2031 y queda sujeta al pliego de condiciones de la licencia igualmente
aprobado.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con el
artículo 115.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de Marina
Mercante.
Contra este acuerdo, que tiene carácter de acto administrativo definitivo y
agota la vía administrativa, se puede interponer, de forma potestativa, recurso de
reposición ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Barcelona, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de
publicación de este anuncio, según establece el artículo 123 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso de reposición
se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Todo lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso o
reclamación que se estime procedente.
Barcelona, 9 de enero de 2026.- El director general, Àlex Garcia i Formatjé.
ID: A260000687-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2026-726
Verificable en la dirección https://extranet.boe.es/arde
En caso de no estimarse oportuna la interposición de dicho recurso de
reposición, puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses
contados igualmente desde el día siguiente de la publicación de este anuncio, de
acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 14-01-2026
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