Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 16-01-2026
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . I. Disposiciones generales. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2026-940)
Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Autoridad Portuaria de Gijón, por la que se modifica la de 15 de enero de 2013, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Organismo.
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Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Autoridad Portuaria de Gijón, por la que se modifica la de 15 de enero de 2013, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Organismo.Núm. 14
Viernes 16 de enero de 2026
Sec. I. Pág. 7034
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
940
Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Autoridad Portuaria de Gijón,
por la que se modifica la de 15 de enero de 2013, por la que se crea y regula
el Registro Electrónico del Organismo.
ANTECEDENTES
Mediante Resolución de 15 de enero de 2013 (BOE de 15 de marzo) se creó el
registro electrónico de la Autoridad Portuaria de Gijón. Desde la aprobación de dicha
resolución, el marco normativo que rige el uso de los medios electrónicos en el sector
público ha experimentado una profunda transformación. Dicha evolución culminó con la
entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, que establecieron el principio de una Administración
íntegramente electrónica.
Posteriormente, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos,
desarrolla en su capitulo III, sección 1.ª la regulación de los registros electrónicos.
En este contexto de consolidación de la administración digital, resulta imprescindible
actualizar la Resolución de 15 de enero de 2013 de creación del registro electrónico de
la Autoridad Portuaria de Gijón, no solo para adecuar su contenido a las disposiciones
legales vigentes, sustituyendo las referencias a la legislación anterior, sino también para
reflejar los cambios organizativos, tecnológicos y de dominio de acceso de esta
Autoridad Portuaria.
En consecuencia, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón,
en su sesión de 19 de diciembre de 2025, acordó la modificación de la citada resolución
de 15 de enero de 2013 de creación y regulación del registro electrónico del Organismo
adoptando la siguiente resolución.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. El Registro electrónico de la Autoridad Portuaria de Gijón estará habilitado para
la recepción de los escritos, solicitudes, comunicaciones y documentos presentados ante
la Autoridad Portuaria de Gijón, así como para la remisión de documentos que se dirijan
a otros órganos administrativos o a las personas físicas o jurídicas interesadas en un
procedimiento administrativo.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior se entiende sin perjuicio del derecho de la
persona interesada a presentar sus escritos, solicitudes, comunicaciones y documentos
cve: BOE-A-2026-940
Verificable en https://www.boe.es
Esta resolución tiene como objeto la actualización y adecuación del registro
electrónico de la Autoridad Portuaria de Gijón, creado mediante Resolución de 15
de enero de 2013 (BOE de 15 de marzo de 2013), en adelante registro electrónico, para
la recepción y remisión de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se presenten
vía electrónica ante el Organismo, respecto de los trámites y procedimientos
comprendidos dentro de su ámbito de aplicación, todo ello de conformidad con lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común
de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico
del sector público y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
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