Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 17-01-2026

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Boletín Oficial del Estado
17/01/2026

Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2026-1053)

Resolución de 7 de enero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del V Convenio colectivo general del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos.

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Resolución de 7 de enero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del V Convenio colectivo general del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Sábado 17 de enero de 2026

Sec. III. Pág. 8059

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
1053

Resolución de 7 de enero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Acuerdo de modificación del V Convenio colectivo
general del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos.

Visto el Acuerdo de modificación del V Convenio colectivo general del sector de
servicios de asistencia en tierra en aeropuertos (código de convenio n.º 99015595012005),
que fue publicado en el BOE de 17 de octubre de 2022, por el que se aprueba la
modificación del artículo 19 del convenio y se añade un anexo al mismo con el «conjunto
planificado de medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en
las empresas del sector de handling», acuerdo recogido en acta de fecha 4 de julio
de 2025 suscrita, de una parte por la Asociación de Empresas de Servicios de Asistencia
en Tierra en Aeropuertos (ASEATA), en representación de las empresas del sector, y de
otra por los sindicatos CC. OO., UGT y USO, en representación de los trabajadores, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación del mencionado convenio
colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de
trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este
centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 7 de enero de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL V CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL
SECTOR DE SERVICIOS DE ASISTENCIA EN TIERRA EN AEROPUERTOS

1. Se entiende por progresión la mejora económica dentro de la misma categoría.
Los tramos de progresión y tiempo de permanencia, así como los criterios para la
progresión se establecerán en los convenios colectivos de empresa.
2. En aquellas empresas que no tengan regulado su propio sistema de progresión
económica, a través de la articulación de niveles retributivos o sistemas equivalentes, se
aplicará el sistema de progresión que se detalla a continuación en el presente artículo.
3. Para cada uno de los subgrupos profesionales, se establecen los siguientes
niveles de progresión:
– Nivel 1, o de entrada, que será el aplicable a todo el personal de nuevo ingreso.
– Nivel 2. Se adquirirá de manera automática al cumplirse un año de permanencia
en la empresa y nivel anterior.

cve: BOE-A-2026-1053
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 19. Progresión y Promoción.

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