Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 26-01-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-1844)
Resolución de 20 de enero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Portuaria de Avilés.
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Resolución de 20 de enero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Portuaria de Avilés.Núm. 23
Lunes 26 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 12532
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
1844
Resolución de 20 de enero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y la Autoridad Portuaria de Avilés.
El Abogado General del Estado y el presidente de la Autoridad Portuaria de Avilés
han suscrito, con fecha de 13 de enero de 2026, un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 20 de enero de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
del Estado) y la Autoridad Portuaria de Avilés
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, don Santiago Rodríguez Vega, actuando en nombre y representación
de la Autoridad Portuaria de Avilés, con domicilio social en calle Travesía de la Industria,
98, 33401 Avilés, y NIF Q3367006H, en su condición de Presidente, cargo para el que
fue nombrado por Acuerdo del Gobierno del Principado de Asturias de 7 de junio
de 2012, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de junio de 2012, en virtud
de la Resolución de la Subsecretaria del Ministerio de Fomento de 15 de junio de 2012.
MANIFIESTAN
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2026-1844
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 26-01-2026
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