Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 26-01-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-1855)
Resolución de 20 de enero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Portuaria de Alicante.
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Resolución de 20 de enero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Portuaria de Alicante.Núm. 23
Lunes 26 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 12642
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
1855
Resolución de 20 de enero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y la Autoridad Portuaria de Alicante.
El abogado general del Estado y el presidente de la Autoridad Portuaria de Alicante
han suscrito, con fecha de 9 de enero de 2026, un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 20 de enero de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Autoridad Portuaria de Alicante
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, don Luis Gonzaga Rodríguez González, actuando en nombre y
representación de la Autoridad Portuaria de Alicante, con domicilio social en avenida de
Perfecto Palacio de la Fuente, 3, 03001 Alicante, y NIF Q0367005F, en su condición de
Presidente, cargo para el que fue nombrado el 29 de septiembre de 2023 mediante
Acuerdo del Consell de la Generalitat Valenciana en virtud de las facultades que le
corresponden, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre de 2023
mediante Orden TMA/1174/2023, de 26 de octubre.
MANIFIESTAN
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2026-1855
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
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