Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 26-01-2026
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-1894)
Resolución de 22 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Guillermo Martínez Miguel, para el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de Ceuta.
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Resolución de 22 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Guillermo Martínez Miguel, para el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de Ceuta.Núm. 23
Lunes 26 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 12934
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
1894
Resolución de 22 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con Guillermo Martínez Miguel, para el desarrollo
de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1
de Ceuta.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y Guillermo Martínez
Miguel han suscrito, con fecha 4 de diciembre de 2025, un convenio para el desarrollo de
estancias formativas del CIFP núm. 1, por lo que conforme a lo previsto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 22 de enero de 2026.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y
Guillermo Martínez Miguel para el desarrollo de estancias formativas
REUNIDAS
En Ceuta, a fecha de firma.
De una parte, doña Milagrosa Pérez Granados con DNI: ***6876** como Directora
del centro educativo CIFP núm. 1 localizado en la ciudad autónoma de Ceuta, en calle
San Juan de Dios núm. 1, CP: 51001, con NIF S5100035D, teléfono: 956511037, e-mail:
correo electrónico educativo, actuando en nombre del Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes como Administración educativa de las ciudades
autónomas de Ceuta y Melilla en base a la delegación de competencias establecida en el
artículo 5.8 de la Orden EFD/335/2025, de 3 de abril, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
Y, de otra parte, don Guillermo Martínez Miguel con DNI: ***6217** como
representante legal de la empresa o entidad colaboradora: Guillermo Martínez Miguel,
localizada en Ceuta, provincia de Ceuta, con NIF: ***6217**.
EXPONEN
1.º Que el artículo 42.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), que el
artículo 66.4 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de
la Formación Profesional y que el artículo 9.4 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, regulan la
fase de formación en centros de trabajo de carácter no laboral.
2.º Que el artículo 82.1 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación
e integración de la Formación Profesional establece que las empresas u organismos
cve: BOE-A-2026-1894
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y
manifiestan que tienen la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para
suscribir el presente convenio
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