Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 29-01-2026
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Pesca marítima. (BOE-A-2026-2125)
Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las cuotas iniciales para 2026 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal.
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Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las cuotas iniciales para 2026 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal.Núm. 26
Jueves 29 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 14232
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
2125
Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por
la que se establecen las cuotas iniciales para 2026 disponibles por modalidad
o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de
los buques censados en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste,
Golfo de Cádiz, así como buques de arrastre de fondo que faenan en aguas
de Portugal.
Antecedentes y fundamentos de Derecho
El Consejo de Ministros de Pesca de la Unión Europea celebrado los pasados 11
y 12 de diciembre asignó las posibilidades de pesca para determinados stocks y grupos
de stocks en aguas de la Unión Europea para las flotas de la Unión. Con el fin de facilitar
una mejor gestión de las posibilidades de pesca y de la planificación de la actividad
pesquera a lo largo del año, se procede a repartir mediante esta resolución las cuotas
iniciales asignadas a España de las especies repartidas a los distintos censos por
modalidad, en base a las siguientes órdenes ministeriales:
Los Totales Admisibles de Capturas (TAC) de las poblaciones de caballa (stocks
MAC/8C3411 y MAC/2CX14), bacaladilla (stocks WHB/8C3411 y WHB/1X14) y jurel
oeste (stocks JAX/08C y JAX/2A-14) se determinan en el marco de las negociaciones
anuales de Estados Costeros de la Comisión de Pesca del Atlántico Nororiental (NEAFC)
y de las consultas de la Unión Europea con el Reino Unido.
El TAC adoptado para la bacaladilla mediante documento acordado el 23 de octubre
de 2025 en el seno de Estados Costeros sigue las recomendaciones del Consejo
Internacional para la Exploración del Mar (CIEM, ICES por sus siglas en inglés) y
para 2026 es de 851.344 toneladas, lo que supone una reducción de un 41,17 % de las
capturas con respecto a la campaña anterior. En base al TAC adoptado por la Unión
Europea, a España le corresponde una cuota de 26.242 toneladas del stock
WHB/8C3411 y de 33.049 toneladas del stock WHB/1X14.
En cuanto a la caballa, el consejo del CIEM para 2026 publicado el pasado 30 de
septiembre, recoge una reducción del límite máximo de capturas del 70 % con respecto a
las de 2025 limitando a 174.357 toneladas las capturas para 2026 siguiendo el enfoque
del rendimiento máximo sostenible. El cambio en la recomendación se debe
principalmente al descenso del tamaño de la población y al cambio en la percepción de
la población después de la revisión o benchmark realizado en 2025.
Teniendo en cuenta esta situación y que durante las rondas de consultas celebradas
en el seno de Estados Costeros en 2025 no se alcanzó ningún acuerdo de amplio
alcance sobre el porcentaje del reparto de la caballa entre las Partes ni sobre el TAC a
cve: BOE-A-2026-2125
Verificable en https://www.boe.es
– La Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un plan de
gestión para los buques censados en el Caladero Nacional Cantábrico Noroeste, que
determina en su anexo V la distribución de cuota de especies para el caladero
Cantábrico y Noroeste.
– La Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de
gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, que
determina en su anexo III la distribución de cuota de especies para dicho caladero.
– La Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, por la que se regula la pesquería de
arrastre de fondo en aguas de la subzona IX del CIEM sometidas a jurisdicción de
Portugal, que determina en su anexo II la distribución de cuota de especies para buques
de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 29-01-2026
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